martes, 12 de noviembre de 2019

SOBRE EL GOLPE DE ESTADO



Precisiones del Dr. Bidart Campos en: Manual de Derecho Constitucional Argentino; Ediar, p. 177.

“Suele distinguirse golpe de estado y revolución –por lo menos desde la óptica constitucional- en cuanto el primero se limita a cambiar los titulares del poder dando lugar a la ocupación de éste por vías no previstas en la constitución o en las leyes, mientras la segunda involucra un cambio institucional que produce alteraciones en la estructura constitucional”.

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