domingo, 5 de enero de 2020

PROPUESTA SOBRE DEUDA PÚBLICA


Por Héctor GIULIANO

(4.1.2020)

El 26.12 pasado la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía (SF-MECON) dio a conocer una comunicación por la que informaba que hasta el día 3.1 (inclusive) se recibirían propuestas relativas al diseño del proceso de gestión de la sostenibilidad de la deuda pública externa de la República Argentina.
A raíz de este comunicado oficial el Autor de la presente nota hizo llegar el trabajo que se reproduce a continuación:
--------------------------------------------------
PROPUESTA DEL LIC. HÉCTOR GIULIANO AL MINISTERIO DE ECONOMÍA S/ REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA (29.12.2019)

Señores Secretaría de Finanzas (SF):
En función de v/ convocatoria del 26.12.2019 para acercar ideas s/ el tema de referencia, cumplo en hacer llegar la presente propuesta personal al respecto centrada básicamente en la realización de un Censo de Acreedores previo a cualquier tarea de renegociación de Deuda Pública:

I. CENSO DE ACREEDORES
El pre-requisito indispensable de toda renegociación de Deuda es la debida identificación de todos y cada uno de los acreedores, principalmente de los Tenedores de Títulos Públicos pertinentes.
Para ello debiera confeccionarse – contra Declaración Jurada de los Bonistas – un listado completo conteniendo como mínimo la siguiente información:

1. Nombre y Apellido o Razón Social del Acreedor, con los datos básicos de Documento, Domicilio, Teléfono, etc.; indicando además si la persona o institución está vinculada – directa o indirectamente – a otro Acreedor.
2. Detalle de los Títulos en su poder (Letras/Bonos), indicando en cada caso Denominación del Título, Serie, Fecha de Compra (que puede haber más de una), Tipo de Moneda, Importe (en Valor Nominal) de cada papel, Precio de Compra y a quién lo compró (dato muy importante), si lo hizo a través de algún intermediario o por compra original al Gobierno Argentino (caso de Bancos Colocadores), Garantías Especiales (si las tuviere) y otros datos que se consideren de interés para la exacta identificación de los títulos en cuestión y sus tenedores.
3. Si como Acreedor actúa en forma directa o con representación de un Tercero debidamente autorizado.
Adicionalmente, cada tenedor debe comprometerse a informar a la SF todo cambio que se produzca sobre los datos suministrados a posteriori de entregada la documentación de referencia.

La SF procederá a controlar debidamente la veracidad y consistencia de todas las informaciones de los Acreedores.
Los totales de importes respectivos – caso Letras/Bonos - deberán ser resumidos en una planilla final.

II. BASE DE DATOS.  
La SF deberá confeccionar internamente una Lista Completa de todos los Títulos Públicos (Letras/Bonos) que se encuentren pendientes, indicando en cada caso como mínimo las condiciones básicas de cada uno de los mismos: Denominación, Sigla Bursátil, Montos Emitidos/Residuales por Serie, Fechas de Emisión/ Vencimiento, colocación Bajo/Sobre la Par, Tasa de Interés Nominal (y Rendimiento si no fue emitido a Valor Facial o Nominal, frecuencia de pago de los Intereses, amortizaciones parciales (si las tuviera) y condiciones especiales del título (si las tuviera).

El objeto de este Listado es tener un verdadero inventario completo de todos los títulos emitidos por el Gobierno Nacional con sus respectivas características de base (información que se entiende simple de confeccionar sobre la base de los datos ya existentes en los Informes Trimestrales de Deuda Pública y en los detalles de Colocaciones de Deuda que edita la ONCP).

III. ACCESO A LA INFORMACIÓN
Por razones de claridad y transparencia todas las informaciones de los puntos I y II debieran ser dadas a publicidad.

IV. PROVINCIAS/MUNICIPIOS  
Esta misma información debiera ser requerida a todas y cada una de las Provincias – incluida la CABA – y Municipios de todo el país, indicando en cada caso cuál es respaldo de las obligaciones (caso Regalías) y el alcance de la garantía de la Nación.

V. BANCO CENTRAL (BCRA)
El  mismo procedimiento debiera ser llevado a cabo también por parte del BCRA, básicamente para el caso de Leliq, Pases Pasivos, Encajes por Depósitos en Moneda Extranjera y Otros Pasivos (caso Swap China o BIS de Basilea), para conocer quiénes son los acreedores del Banco y por qué importes.
Este punto – que está en línea con el punto primero – lo mismo que el de las Provincias/Municipios, tiene que ser requerido a los organismos locales respectivos y es de fundamental importancia para poder determinar la superposición o no de acreedores por ámbito de Gobierno (Nación, Provincias/Municipios, BCRA, Organismos Nacionales, etc.).

VI. EMPRESAS DEL ESTADO, ORGANISMOS NACIONALES Y FONDOS FIDUCIARIOS.
Con el mismo criterio que los puntos IV y V.

VII. OTROS ACREEDORES
Un criterio análogo debiera seguirse para la identificación de todos y cada uno de los Préstamos y Otros Créditos contra el Estado correspondientes a Organismos Oficiales (caso Países del Club de París), Organismos Internacionales (FMI, BIRF, BID, CAF, FONPLATA), Banca Comercial, etc. detallando en cada caso – una por una - las operaciones que dieron lugar a tales acreencias y el estado en que se encuentra cada una de las mismas.

VIII. JUICIOS CONTRA EL ESTADO
Se refiere al detalle de los Títulos Públicos que se encuentran bajo reclamos judiciales – con/sin sentencia en firme – contra el Estado Argentino y también contra Provincias/Municipios, Empresas/Organismos Oficiales, etc.

IX. COMITÉS DE ACREEDORES
Información detallada de todos y cada uno de los Comités de Acreedores que se hayan presentado para la negociación ante el Estado Argentino, identificando a quién o quiénes representan.

CONSIDERACIONES GENERALES
El detalle de los contenidos de cada punto obviamente puede variar pero los datos identificatorios de base se entiende que están cubiertos en la presente ponencia.
Un caso muy importante, por ejemplo, es el requerimiento del punto I.2 acerca del origen de la operación de compra por parte de los actuales tenedores de bonos dada la presumible adquisición para litigar. 
Hasta aquí los principales puntos de mi propuesta personal en función de v/ invitación del Comunicado del 26.12.

Reiterando la importancia fundamental de que se disponga de estas informaciones básicas del Censo de Acreedores de la Deuda Pública Nacional en forma previa a toda renegociación de Pasivos de la República Argentina, de que dicha información se dé a publicidad y de que eventualmente se permita a cualquier ciudadano tener acceso a la misma agradezco la oportunidad de poder hacer llegar esta carta y quedo a v/ disposición por cualquier aclaración al respecto.

Por último, por favor, pido lo siguiente: 1. Acuse recibo de la presente propuesta como constancia del trabajo remitido, 2. Confirmación acerca de que su contenido no es confidencial y puedo darle estado público independientemente de v/ trámite interno (dado que se trata – en todo o en parte - de ponencias del suscripto ya conocidas que fueron planteadas en diversas oportunidades pero que nunca tuvieron curso oficial), y 3. Solicitar como ciudadano el acceso a la documentación de la Secretaría de Finanzas s/ el tema de referencia concurriendo allí personalmente.
Atentamente.-

Lic. Héctor Luis GIULIANO
Buenos Aires, 29.12.2019

Con mis Datos Personales de DNI, Dirección y Teléfono
.

COMENTARIO FINAL:
Hasta aquí el texto del trabajo remitido a la SF-MECON el 29.12 - en tiempo y forma - que como se dice en el mismo contiene propuestas básicas que ya constan en otros escritos anteriores del Autor, que fueran oportunamente circularizados por correo electrónico y que se incluyeran en tres de los 10 tomos de mi libro sobre Problemática de la Deuda Pública Argentina.

Aunque durante el  Jueves 2 y el Viernes 3.1 lo he solicitado y reclamado varias veces – telefónicamente y por correo – hasta el momento no he recibido el acuse recibo correspondiente.-




No hay comentarios:

Publicar un comentario