Por Héctor GIULIANO
(4.1.2020)
El 26.12 pasado la Secretaría de Finanzas del
Ministerio de Economía (SF-MECON) dio a conocer una comunicación por la que
informaba que hasta el día 3.1 (inclusive) se recibirían propuestas relativas
al diseño del proceso de gestión de la sostenibilidad de la deuda pública
externa de la República Argentina.
A raíz de este comunicado oficial el Autor de
la presente nota hizo llegar el trabajo que se reproduce a continuación:
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PROPUESTA DEL LIC. HÉCTOR GIULIANO AL
MINISTERIO DE ECONOMÍA S/ REESTRUCTURACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA (29.12.2019)
Señores Secretaría de Finanzas (SF):
En función de v/ convocatoria del 26.12.2019
para acercar ideas s/ el tema de referencia, cumplo en hacer llegar la presente
propuesta personal al respecto centrada básicamente en la realización de un
Censo de Acreedores previo a cualquier tarea de renegociación de Deuda Pública:
I. CENSO DE ACREEDORES
El pre-requisito indispensable de toda
renegociación de Deuda es la debida identificación de todos y cada uno de los
acreedores, principalmente de los Tenedores de Títulos Públicos pertinentes.
Para ello debiera confeccionarse – contra
Declaración Jurada de los Bonistas – un listado completo conteniendo como
mínimo la siguiente información:
1. Nombre y Apellido o Razón Social del
Acreedor, con los datos básicos de Documento, Domicilio, Teléfono, etc.;
indicando además si la persona o institución está vinculada – directa o indirectamente
– a otro Acreedor.
2. Detalle de los Títulos en su poder
(Letras/Bonos), indicando en cada caso Denominación del Título, Serie, Fecha de
Compra (que puede haber más de una), Tipo de Moneda, Importe (en Valor Nominal)
de cada papel, Precio de Compra y a quién lo compró (dato muy importante), si
lo hizo a través de algún intermediario o por compra original al Gobierno
Argentino (caso de Bancos Colocadores), Garantías Especiales (si las tuviere) y
otros datos que se consideren de interés para la exacta identificación de los
títulos en cuestión y sus tenedores.
3. Si como Acreedor actúa en forma directa o
con representación de un Tercero debidamente autorizado.
Adicionalmente, cada tenedor debe
comprometerse a informar a la SF todo cambio que se produzca sobre los datos
suministrados a posteriori de entregada la documentación de referencia.
La SF procederá a controlar debidamente la
veracidad y consistencia de todas las informaciones de los Acreedores.
Los totales de importes respectivos – caso
Letras/Bonos - deberán ser resumidos en una planilla final.
II. BASE DE DATOS.
La SF deberá confeccionar internamente una
Lista Completa de todos los Títulos Públicos (Letras/Bonos) que se encuentren
pendientes, indicando en cada caso como mínimo las condiciones básicas de cada
uno de los mismos: Denominación, Sigla Bursátil, Montos Emitidos/Residuales por
Serie, Fechas de Emisión/ Vencimiento, colocación Bajo/Sobre la Par, Tasa de
Interés Nominal (y Rendimiento si no fue emitido a Valor Facial o Nominal, frecuencia
de pago de los Intereses, amortizaciones parciales (si las tuviera) y
condiciones especiales del título (si las tuviera).
El objeto de este Listado es tener un
verdadero inventario completo de todos los títulos emitidos por el Gobierno
Nacional con sus respectivas características de base (información que se
entiende simple de confeccionar sobre la base de los datos ya existentes en los
Informes Trimestrales de Deuda Pública y en los detalles de Colocaciones de
Deuda que edita la ONCP).
III. ACCESO A LA INFORMACIÓN
Por razones de claridad y transparencia todas
las informaciones de los puntos I y II debieran ser dadas a publicidad.
IV. PROVINCIAS/MUNICIPIOS
Esta misma información debiera ser requerida
a todas y cada una de las Provincias – incluida la CABA – y Municipios de todo
el país, indicando en cada caso cuál es respaldo de las obligaciones (caso
Regalías) y el alcance de la garantía de la Nación.
V. BANCO CENTRAL (BCRA)
El
mismo procedimiento debiera ser llevado a cabo también por parte del BCRA,
básicamente para el caso de Leliq, Pases Pasivos, Encajes por Depósitos en
Moneda Extranjera y Otros Pasivos (caso Swap China o BIS de Basilea), para
conocer quiénes son los acreedores del Banco y por qué importes.
Este punto – que está en línea con el punto
primero – lo mismo que el de las Provincias/Municipios, tiene que ser requerido
a los organismos locales respectivos y es de fundamental importancia para poder
determinar la superposición o no de acreedores por ámbito de Gobierno (Nación,
Provincias/Municipios, BCRA, Organismos Nacionales, etc.).
VI. EMPRESAS DEL ESTADO, ORGANISMOS
NACIONALES Y FONDOS FIDUCIARIOS.
Con el mismo criterio que los puntos IV y V.
VII. OTROS ACREEDORES
Un criterio análogo debiera seguirse para la
identificación de todos y cada uno de los Préstamos y Otros Créditos contra el
Estado correspondientes a Organismos Oficiales (caso Países del Club de París),
Organismos Internacionales (FMI, BIRF, BID, CAF, FONPLATA), Banca Comercial,
etc. detallando en cada caso – una por una - las operaciones que dieron lugar a
tales acreencias y el estado en que se encuentra cada una de las mismas.
VIII. JUICIOS CONTRA EL ESTADO
Se refiere al detalle de los Títulos Públicos
que se encuentran bajo reclamos judiciales – con/sin sentencia en firme –
contra el Estado Argentino y también contra Provincias/Municipios,
Empresas/Organismos Oficiales, etc.
IX. COMITÉS DE ACREEDORES
Información detallada de todos y cada uno de
los Comités de Acreedores que se hayan presentado para la negociación ante el Estado
Argentino, identificando a quién o quiénes representan.
CONSIDERACIONES GENERALES
El detalle de los contenidos de cada punto
obviamente puede variar pero los datos identificatorios de base se entiende que
están cubiertos en la presente ponencia.
Un caso muy importante, por ejemplo, es el
requerimiento del punto I.2 acerca del origen de la operación de compra por
parte de los actuales tenedores de bonos dada la presumible adquisición para
litigar.
Hasta aquí los principales puntos de mi
propuesta personal en función de v/ invitación del Comunicado del 26.12.
Reiterando la importancia fundamental de que
se disponga de estas informaciones básicas del Censo de Acreedores de la Deuda
Pública Nacional en forma previa a toda renegociación de Pasivos de la
República Argentina, de que dicha información se dé a publicidad y de que
eventualmente se permita a cualquier ciudadano tener acceso a la misma
agradezco la oportunidad de poder hacer llegar esta carta y quedo a v/
disposición por cualquier aclaración al respecto.
Por último, por favor, pido lo siguiente: 1.
Acuse recibo de la presente propuesta como constancia del trabajo remitido, 2.
Confirmación acerca de que su contenido no es confidencial y puedo darle estado
público independientemente de v/ trámite interno (dado que se trata – en todo o
en parte - de ponencias del suscripto ya conocidas que fueron planteadas en
diversas oportunidades pero que nunca tuvieron curso oficial), y 3. Solicitar
como ciudadano el acceso a la documentación de la Secretaría de Finanzas s/ el
tema de referencia concurriendo allí personalmente.
Atentamente.-
Lic. Héctor Luis GIULIANO
Buenos Aires, 29.12.2019
Con mis Datos Personales de DNI, Dirección y
Teléfono
.
COMENTARIO FINAL:
Hasta aquí el texto del trabajo remitido a la
SF-MECON el 29.12 - en tiempo y forma - que como se dice en el mismo contiene propuestas
básicas que ya constan en otros escritos anteriores del Autor, que fueran
oportunamente circularizados por correo electrónico y que se incluyeran en tres
de los 10 tomos de mi libro sobre Problemática de la Deuda Pública Argentina.
Aunque durante el Jueves 2 y el Viernes 3.1 lo he solicitado y
reclamado varias veces – telefónicamente y por correo – hasta el momento no he
recibido el acuse recibo correspondiente.-
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