La Cátedra, por invitación de Encuentro Vecinal Córdoba, realizará en su local, Rioja 532, las próximas actividades.
El día 28 de setiembre, a las 19 hs., el Dr. Mario Meneghini expondrá sobre: Planeamiento como instrumento de gobierno.
La Cátedra, por invitación de Encuentro Vecinal Córdoba, realizará en su local, Rioja 532, las próximas actividades.
El día 28 de setiembre, a las 19 hs., el Dr. Mario Meneghini expondrá sobre: Planeamiento como instrumento de gobierno.
la posible
canciller de Javier Milei dice que reconocerá el derecho de los isleños
Walter Schmidt
Clarín, 12/09/2023
En plena campaña
electoral, la postulante a canciller de Javier Milei, Diana Mondino, propuso
cambiar la histórica política exterior que la Argentina mantuvo respecto del
reclamo de soberanía por las Malvinas, al plantear que hay que respetar los
derechos de los habitantes de las islas. Este giro implica abrir la puerta a la
autodeterminación de los isleños, que es precisamente la posición de Gran
Bretaña.
La declaración de
Mondino tiene un valor extra porque fue hecha ante el diario londinense The
Telegraph a través de un artículo de su firma bajo el título “Los derechos de
los isleños serán respetados si Javier Milei gana las elecciones en la
Argentina”.
“Los derechos de
los isleños van a ser respetados, deben ser respetados y no se les puede faltar
el respeto. El concepto de que uno le puede imponer a la gente lo que se puede
hacer o lo que se debe hacer es extremadamente feudal e ingenuo”, aseguró la
economista.
Mondino dejó en
claro la intención de una eventual administración de Milei de diferenciarse de
lo hecho hasta aquí por los distintos gobiernos sobre la Cuestión Malvinas.
“Ahora mismo estamos en el peor de los mundos, porque ni Gran Bretaña ni
Argentina pueden hacer un uso razonable de los recursos que hay allí abajo”,
aseguró la aspirante a Ministra de Relaciones Exteriores.
La propuesta de la
libertaria en términos diplomáticos implicaría que el gobierno nacional
renuncia a la discusión de soberanía de las Malvinas con el Reino Unido, y que
reconoce a los habitantes de las islas como una tercera pata en la disputa.
La disputa por las
Malvinas tuvo su punto más dramático con el desembarco de tropas argentinas en
abril de 1982, que desató una guerra argentino-británica durante diez semanas.
Provocando la muerte de 649 militares argentinos, 255 británicos y 3 civiles
isleños.
Sus dichos
provocaron la dura reacción de funcionarios del Gobierno y de Juntos por el
Cambio, que la acusaron de “desconocimiento” y de no cumplir con la
Constitución.
En la reforma de
1994, en su Disposición Transitoria Primera, la Carta Magna “ratifica su
legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur
y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes” y
señala como un “objetivo permanente e irrenunciable” la recuperación de ese
territorio por la vía diplomática “respetando el modo de vida de sus
habitantes”. No habla de deseos o derechos porque significaría reconocerles el
principio de autodeterminación.
Mondino también
sostuvo que “no se puede imponer ninguna decisión a otras personas, ni a los
argentinos ni a nadie”. “El concepto de que se puede imponer a la gente lo que
se puede hacer o lo que se debe hacer es muy feudal e ingenuo”, insistió.
Uno de los
primeros en salir a cuestionarla fue Federico Pinedo, exsenador y uno de los
asesores de Patricia Bullrich en política exterior.
“Sería importante
entender cuáles serían esos derechos de los isleños. Siempre dijimos que
corresponde respetar sus intereses y la Constitución aclara que se trata de su
modo de vida”, planteó Pinedo.
En tanto, el
secretario de Malvinas de la Cancillería, Guillermo Carmona, consideró que la
postura de la candidata de Javier Milei “amenaza la soberanía nacional” e
implica una “total ignorancia del régimen constitucional argentino”.
“Por un lado
plantea el reconocimiento a los isleños con total ignorancia del régimen
constitucional argentino y, con sus afirmaciones, da lugar a un presunto
derecho de autodeterminación que la Argentina y la comunidad internacional
rechazan”, advirtió Carmona.
Agustín Rossi,
jefe de Gabinete y candidato a vicepresidente de Unión por la Patria, también
se sumó a las críticas y sostuvo que Mondino manifestó “un desconocimiento de
lo que significa la política internacional”. “Lo que está haciendo es entregar
Malvinas, además de incumplir con la Constitución Nacional”, dijo.
La posición
histórica que han tenido los distintos gobiernos tras la guerra de 1982 y con
el retorno de la democracia, fue reafirmar que el derecho de libre
determinación no es aplicable a las Islas Malvinas, para sus habitantes, porque
no se trata de un pueblo colonizado ya que hubo una ocupación del territorio en
1833 y fue expulsada la autoridad argentina. Mientras que los británicos
tomaron medidas para impedir su regreso e implantaron súbditos de la Corona.
En sintonía, la
Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoce la
existencia de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido e
invita a ambos países a negociar para encontrar una solución pacífica a la
controversia. No hay ningún reconocimiento de los habitantes como parte.
Cada año, la Argentina
plantea esa postura y Londres se niega a mantener este diálogo y afirma que los
isleños tienen derecho a la autodeterminación, lo que rechaza Buenos Aires
pero, ahora, promueve Mondino.
PESCA ILEGAL, PUERTOS CÓMPLICES Y GOBIERNO
AUSENTE
Dr. César Lerena
Según nos informa
el Diario La Nación (5/9/23) el buque carguero frigorífico de bandera panameña
“Frio Marathon” llegó a Mar del Plata, proveniente de Puerto Argentino de
Malvinas, donde habría operado desde 2014, sin el permiso de la Autoridad de
Aplicación argentina, motivo por el cual la Prefectura inició un sumario «por
violar el Decreto 256/10 que establece que todos los buques que se propongan
transitar entre los puertos del territorio continental argentino y puertos
ubicados en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en
adelante Malvinas), o atravesar aguas jurisdiccionales argentinas en dirección
a estos últimos y/o cargar mercaderías a ser transportadas en forma directa o
indirecta entre esos puertos, deben solicitar autorización para que el Estado
argentino autorice la operatoria».
Estimándose, dice
el medio, que la sanción podría ser de varios millones de pesos, que como dice
“Agenda Malvinas” podrían ser unos pocos dólares.
Desde que rige el
citado Decreto, la Prefectura, según la publicación, habría «detectado 683
buques en presunta infracción y sancionado pecuniariamente a 371 de ellos. En
paralelo, se ha gestionado la autorización de más de 1.200 permisos para que
buques de bandera extranjera recalen en los referidos puertos y, que, buques de
37 banderas, incluso del Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB), reconocieran
indirectamente, mediante este proceso, la soberanía del país sobre nuestras
Islas al solicitar autorización a nuestro país».
Hasta aquí la
noticia que no precisa cuál es el “monto millonario” que se podría aplicar, ni
tampoco las razones por las que sólo se sancionó al 54% de los buques en
aparente infracción y, cuál habría sido el monto total de las multas aplicadas
y si están firmes y han sido depositadas en favor del Estado. Tampoco se indica
si la llegada a Mar del Plata de este buque fue voluntaria o si fue apresado en
algún lugar del mar argentino y la Prefectura lo condujo al puerto de Mar del
Plata, cuestión que no parece, a juzgar por la foto que hemos tomado del buque,
al que se lo ve solo navegando para ingresar a este puerto.
Es curioso que la Prefectura entienda, que el
permiso de tránsito para navegar por aguas jurisdiccionales argentinas con
destino a puertos de Malvinas o viceversa pueda implicar un reconocimiento
indirecto de la soberanía sobre los archipiélagos. En todo caso, lo que está
haciendo el Estado Argentino es controlar el tránsito en las aguas de su
jurisdicción; control, por cierto, absolutamente insuficiente, ya que se ha
limitado a constatar si se ha pedido o no permiso, en lugar de verificar las
mercaderías que se transportan; como gendarmería, la policía federal o provincial
lo hubiesen hecho a cualquier transporte en una ruta nacional o camino
provincial.
Si se hubiese
controlado las mercaderías transportadas por los 1.200 buques que obtuvieron
permisos, seguramente se hubiera constado la presencia de millones de toneladas
de pesca ilegal capturada en el área de Malvinas o proveniente de recursos
migratorios argentinos originarios de la ZEEA. Del mismo modo, sobre los 683
buques que fueron detectados en presunta infracción. Nada se dice, si del total
de 1.883 buques referidos, cuántos pudieron violar la Ley 24.922 y muy
especialmente la 26.386, que en síntesis, prohíbe a las empresas habilitadas
por la Autoridad de Aplicación a operar sin autorización de ésta en Malvinas y
viceversa o mantener relación directa o indirecta con empresas que operen o
hayan operado en Malvinas y, en este sentido, si no se ha efectuado el análisis
societario de las empresas que operan en Argentina y las que lo hacen en
Malvinas y, si existe alguna relación
entre ellas (de hecho hay varias publicaciones que lo han denunciado
reiteradamente), si se hubiesen otorgado permisos de tránsito se estaría
violando la referida Ley 26.386 y la DTP de la Constitución Nacional. En este
sentido, sería deseable que Prefectura publique todos los buques que han
transitado por las aguas argentinas (incluso, obviamente, el área de Malvinas)
desde 2010 y, junto al Consejo Federal Pesquero y su asesoría legal, determinen
si alguna empresa radicada en la Argentina violó y continúa violando la Ley
26.386.
Por cierto, las
políticas que se llevan adelante no desalientan la pesca ilegal y, menos,
actúan para cumplir la Disposición Transitorio Primera de la Constitución
Nacional. En las aguas argentinas y sobre los recursos migratorios originarios
de la ZEEA hay navegación no pacífica, pesca ilegal, puertos cómplices y un
gobierno ausente y, no parece que, hasta el fin de este gobierno, las cosas
vayan a cambiar.
No alcanzará con
aplicarle una multa millonaria al buque transbordador que no pidió permiso para
transitar. El buque pagará el monto que se le indique y, al día siguiente,
seguirá sirviendo a buques extranjeros, efectuando el transbordo en el mar de
cientos de miles de toneladas que se capturan ilegalmente. Además, la
Prefectura debería, además de verificar si el buque ha pedido o no permiso para
transitar, verificar si transita con mercaderías obtenidas ilegalmente. Ello
sí, sería ejercer soberanía. En los hechos esta fuerza se ha limitado con
poquísimo éxito -dos buques por año apresados sobre una población anual del
orden de los 500 buques en los últimos 40 años- a verificar in fraganti la
pesca ilegal, en lugar de inspeccionar la pesca ilegal que se transporta. En el
continente, los “ladrones del asfalto”, pocas veces se detectan infraganti,
sino en el control en la circulación de los transportes. A poco de requerir el
certificado de origen, la trazabilidad y, si el buque tiene control presencial
del Estado de pabellón (y cierro por ahorro administrativo) ninguno de los
buques cargados puede demostrar la legalidad de la captura.
El buque “Frio
Marathon”, no solo no pidió permiso para transitar y contribuyó al traslado de
productos pesqueros ilegales, sino que también, no pagado derecho alguno,
inclusive los aduaneros, en el caso de la exportación de productos desde el
territorio argentino de Malvinas. La colocación de una multa por no pedir
autorización, será irrelevante, en relación al daño ocasionado a la Argentina
todos estos años.
Y si se sanciona
el tránsito sin permiso, ¿por qué las sucesivas autoridades argentinas, desde
1998 a la fecha, no han sancionado la pesca ilegal en el territorio argentino
de Malvinas, como establece la Ley 24.922?
Para minimizar los
riesgos de una navegación no pacífica, la pesca ilegal e impedir el uso de
puertos por parte de buques que pescan ilegalmente, sugiero la sanción de un
Decreto (cuyos fundamentos omito por razones de espacio) que alcance a todo
buque o artefacto naval de cualquier bandera (salvo la argentina autorizada)
que se proponga transitar en la ZEEA, la Zona Contigua, el Mar Territorial
Argentino o por sobre la Plataforma Continental Argentina conforme lo
establecido por la Ley 27.557 con destino o no a puertos ubicados en el Área
FAO 41 y 48, quienes deberán solicitar una autorización previa; debiendo analizarse
si viola la Ley 26.386 y estar provisto de un Sistema de Seguimiento Satelital
activo en los últimos noventa (90) días anteriores a la solicitud de
autorización y, mantenerse activo durante el tiempo de tránsito; habilitándose
al SENASA a intervenir para determinar a bordo el carácter de ilegal o no de
las mercaderías, como establece el Decreto 4238/68.
Finalmente, la
mayoría de los países, habiendo o no aprobado la Convención del Mar (CONVEMAR)
aplican normas penales (Brasil, Colombia, Estados Unidos, México, Perú,
Alemania, España, Venezuela), o están analizando aplicarlas (Costa Rica, Chile,
la Unión Europea), porque han entendido que la erradicación de la pesca ilegal
no se ha logrado con normas administrativas y, este caso, como otros, requerirían
el decomiso del buque y el arresto de los responsables, de otro no se
erradicará la pesca ilegal.
“La principal
herramienta en la estrategia del crimen organizado es la corrupción”
Claudia Peiró
Infobae, 09 Sep,
2023
Entrevista con
Giovanni Melillo, fiscal nacional italiano antimafia y antiterrorismo
Giovanni Melillo
destaca la importante historia de cooperación entre la justicia italiana y la
argentina en materia de combate al crimen organizado que se ha
internacionalizado al punto que, por ejemplo, la ‘Ndrangheta calabresa tiene
ramificaciones en nuestro país por la vía de la inversión del dinero malhabido
en empresas que operan como fachada de estas organizaciones.
Esta es la cuarta
vez que el ahora Fiscal Nacional Antimafia y Antiterrorismo de Italia visita la
Argentina. Antes de ser nombrado en ese puesto estratégico en mayo de 2022,
Giovanni Melillo, que ingresó al poder judicial en 1985 y se desempeñó en
varios cargos como magistrado y como fiscal, era jefe, desde 2017, de la
fiscalía de Nápoles, la oficina más grande y relevante de Italia en materia de
investigación y represión de grupos mafiosos.
En Argentina,
participó de una jornada en la Universidad de San Andrés sobre “Lineamientos de
política criminal para la reducción de la violencia. Proliferación de
organizaciones criminales y su impacto en el aumento de homicidios”, junto a
fiscales federales y provinciales de nuestro país. Melillo disertó sobre la
experiencia italiana en el desmantelamiento de organizaciones criminales para
la reducción de la violencia.
María Cecilia
Vranicich, fiscal general de Santa Fe, trazó el cuadro de situación de su
provincia con respecto al crimen organizado, y con eje en el caso Rosario,
generando un intercambio con Melillo y los demás expertos.
Además el fiscal
italiano participó de un panel en la Facultad de Derecho de la UBA, junto al
juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti y el fiscal general de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, Juan Bautista Mahiques, sobre la persecución penal
del narcotráfico.
En entrevista
exclusiva con Infobae, Melillo explicó cuáles son las falencias o debilidades
de las economías y de los Estados que favorecen la expansión del crimen
organizado.
— ¿Cuáles son los
principales desafíos que debe enfrentar un Ministerio Público Antimafia y
Antiterrorista en la Italia de hoy?
— Los desafíos a
los que nos enfrentamos en Italia son los mismos a los que se enfrentan otros
estados. Tenemos ante nosotros redes criminales que operan a escala global,
sistemas criminales complejos e integrados, que llevan a cabo estrategias
comunes para la gestión del tráfico legal y la reinversión especulativa de los
beneficios, enormes beneficios de este tráfico. Se trata de fenómenos que
apelan a la responsabilidad de todos los Estados y que llaman a los fiscales de
todos los países a cooperar entre sí para construir proyectos de investigación
comunes y acciones de investigación cada vez más eficaces.
— ¿Cuál es el
estado de esa colaboración entre Italia y Argentina? ¿Existe una historia de
cooperación?
— Es una buena
colaboración. Hay una historia reciente muy importante que se ha desarrollado
alrededor de casos también de gran importancia en los cuales la magistratura
argentina ha ofrecido una colaboración importante para la justicia italiana.
Tenemos el proyecto de reforzar y relanzar porque tenemos ante nosotros desafíos
comunes. Yo he venido a Argentina para encontrarme con los magistrados del
Ministerio Público de la República Argentina y para construir las bases de una
colaboración siempre más eficaz. Tenemos desafíos comunes: la Triple Frontera
no es sólo un problema en los países de América Latina que están directamente
involucrados en lo que sucede en esa región tan dramáticamente marcada por
fenómenos criminales. La Triple Frontera mucho tiene que ver también con el
tráfico de drogas que llega a los estados europeos y a Italia. Tenemos
problemas comunes también debido a la acción de las organizaciones criminales
italianas que se han ramificado en el extranjero también están presentes aquí.
La ‘Ndrangheta calabresa, en primer lugar, que tiene importantes ramificaciones
en Argentina y una red de empresas cuya función es blanquear dinero procedente
del tráfico criminal, empresas que son aparentemente legales, pero que apoyan
el desarrollo de redes criminales transnacionales.
— ¿Hay sectores de
actividad más favorables a la infiltración de las mafias?
— Absolutamente
sí, en todas las latitudes tienen actitudes pragmáticas a la hora de blanquear
la inversión de los beneficios del tráfico criminal. Lo hacen en sectores donde
hay menos riesgo de controles, menos riesgo de padecer los rigores de la ley, y
desde este punto de vista es evidente que todas las debilidades de los sistemas
de control del mercado financiero, del sistema bancario, de sectores económicos
delicados como son el sector turístico-hotelero, por ejemplo, o el inmobiliario
se prestan naturalmente a este tipo de operaciones.
— Esas son
debilidades del sistema económico. ¿Existen también debilidades en los estados
que favorecen la infiltración mafiosa?
— La principal
debilidad está dada por la gravedad de los fenómenos corruptos que están
presentes y que debilitan las funciones de control y represión también es un
problema que atañe a la responsabilidad de todos los estados. Mucha gente
piensa que el crimen organizado es sinónimo de violencia, pero en realidad la
principal herramienta de la estrategia del crimen organizado es la corrupción.
La violencia derriba al enemigo; la corrupción procura amigos y es mucho más
importante para un grupo criminal tener amigos que puedan ayudar a la
organización a garantizar la impunidad de sus dirigentes o la seguridad de sus
riquezas ilícitamente acumuladas. Este es un riesgo principal, luego hay otras
debilidades como controles insuficientes en los sistemas de infraestructura que
soportan la logística que utilizan las redes criminales para el narcotráfico,
pero también para el tráfico de metales estratégicos y de seres humanos. Aquí
hay que reforzar las tecnologías al servicio de las funciones de control. La
responsabilidad de los estados es un objetivo importante para superar una
condición crónica de debilidad de estas funciones en muchos estados, no sólo
latinoamericanos, sino también europeos.
— ¿Tiene Argentina
el desarrollo institucional suficiente como para obstaculizar el desarrollo del
crimen organizado?
— Creo que es
posible la cooperación entre estados con tradiciones diferentes, con sistemas
jurídicos distintos, pero todos animados por la conciencia de que frente a
desafíos comunes debemos dejar de lado las diferencias que obstaculizan la
cooperación y en cambio unir nuestros esfuerzos para construir proyectos de
investigación comunes. El derecho internacional nos ofrece esta posibilidad. La
magistratura italiana trabaja con muchos estados de América, Latina en equipos
conjuntos de investigación donde magistrados y fuerzas policiales trabajan codo
con codo, paso a paso, compartiendo proyectos de investigación, información y
resultados del trabajo conjunto. Este es un objetivo que también tenemos en
nuestra relación con el poder judicial de Argentina. Lo hablaré con el
Procurador General de la Nación, con el Fiscal Nacional Antidrogas. Es una meta
a nuestro alcance porque las convenciones internacionales nos ofrecen esta
posibilidad y es una oportunidad importante sobre todo en relación con el poder
judicial de la República Argentina, que es un estado con sólidas raíces
democráticas, con una tradición jurídica importante, gracias a la solidez de
sus instituciones judiciales, pero también de las académicas, la cultura
jurídica de los abogados argentinos. Es un país con el que la colaboración
desde el punto de vista italiano es natural y confiamos mucho en esta
posibilidad.
— ¿El tráfico de
drogas ha crecido y el consumo ha aumentado en los últimos años en Europa?
— Los datos de
Naciones Unidas muestran que no sólo creció el consumo sino también la
producción de clorhidrato de cocaína. Es la sustancia ilegal con la que más se
trafica en el mundo y esto lo confirman las cifras. En 2022 se incautaron más
de 1400 toneladas de cocaína y más de 200 toneladas fueron incautadas en
Europa. Pero esto es una pequeña fracción que da la medida del tamaño del
tráfico y, sobre todo, del volumen de la riqueza ilegal que se origina de este
tráfico y que luego es vertida en el mercado anulando la competencia aplastando
a las empresas que no pueden contar con estas disponibilidades y de hecho
alterando los mercados legales. Este es un problema muy importante que vincula
el destino del narcotráfico al destino global de los procesos criminales de los
fenómenos criminales a escala planetaria.
— ¿Es posible
luchar en el marco de un país contra una criminalidad organizada que traspasa
fronteras? Suele decirse que los mafiosos siempre van por delante de sus perseguidores
— Giovanni Falcone
decía que los mafiosos siempre tienen una larga ventaja sobre los magistrados,
porque las organizaciones criminales tienen una extraordinaria capacidad de
adaptación y evolución. Pero la historia demuestra que es posible. Desbaratando
las grandes organizaciones, los grandes carteles criminales, es posible
restaurar la primacía de la ley. La experiencia italiana se presta a la
reflexión. En Italia prácticamente todos los jefes de las organizaciones
mafiosas están en la cárcel y se considera normal que las riquezas de la mafia
sean confiscadas para ser destinadas a fines sociales. Esto, por supuesto, no
afecta a la gravedad de los fenómenos criminales, porque éstos se transforman,
pero la criminalidad mafiosa organizada en Italia ha renunciado a desafiar la
autoridad del Estado con resonantes empresas armadas.
— ¿Ser fiscal en
Italia sigue siendo una actividad de riesgo, como lo fue en el pasado?
— No me
corresponde a mí evaluar el riesgo relacionado con mis funciones. Este es un
tema por el que nunca me he preocupado. Y no puede condicionar el trabajo que
hago el pensar en eventualidades.
— ¿Cuál es la
posición de Argentina en el tráfico internacional de drogas? ¿Seguimos siendo
un país de tránsito?
— Argentina es
ciertamente un país de tránsito. Pero también es un país en el que las riquezas
del narcotráfico se utilizan para adquirir cuotas importantes de los mercados
inmobiliarios y de empresas por ejemplo en el sector del turismo y de la
restauración, y no sólo allí sino en todos los sectores en los que es posible
utilizar empresas para lavar dinero. Y, sobre todo, Argentina tiene un rol, es
decir, ocupa una posición crucial en el ciclo de tráfico de la droga producida
en América Latina. No es casualidad que alrededor de la Triple Frontera haya
surgido un sistema que yo llamo de macro-mafia en el que se integran las mafias
de los países individuales en...
— ...en
multinacionales
— Podemos
llamarlos así. Se trata de procesos de transformación criminal extremadamente
peligrosos que no pueden ser enfrentados por estados individuales. La clave es
la colaboración entre los estados y la clave de esa colaboración está en los
poderes judiciales de los estados que son los que más sienten la
responsabilidad de contrarrestar este fenómeno que amenaza la estabilidad y la
seguridad de países enteros y que, además, es capaz de avasallar democracias.
Muchos latinoamericanos están familiarizados con este fenómeno de cómo una
democracia puede ser derribada o incluso simplemente vaciada por el
narcotráfico y la presión coactiva y violenta que éste genera.
— En lo que
concierne al terrorismo actual, me parece que, en comparación con otros países
europeos, Italia ha eludido de momento ese flagelo.
— Desde que vivió
las tragedias del terrorismo en los años 70 y 80 Italia ha desarrollado una
extraordinaria capacidad de prevención y represión de estos fenómenos
criminales. Los servicios de policía judicial especializados en la prevención
en la lucha contra el terrorismo hacen un trabajo extraordinario y las
fiscalías italianas apoyan y dirigen este trabajo, gracias a los activos de
información integrados y a que cuenta con estructuras especializadas. La
Fiscalía Antimafia y Antiterrorismo tiene precisamente la tarea de impulsar y
coordinar la investigación, y de la eficacia de esta función y de la del Estado
en su conjunto depende la posibilidad de prevenir la comisión de delitos
graves. Pero, por supuesto, la realidad siempre está dispuesta a contradecirnos
y, por lo tanto, en este sentido sólo podemos esforzarnos por trabajar cada vez
mejor.
— ¿Los demás
países europeos han consultado a Italia en materia de política antiterrorista?
— Con los otros
países de la Unión Europea hay un marco absolutamente positivo de cooperación,
incluso para la solidez del marco jurídico que garantiza la cooperación entre
los estados de la Unión. Y hay una larga tradición en los últimos 50 años de
cooperación y confianza mutua entre las democracias europeas amenazadas por el
terrorismo. Es una larga historia de éxitos y también de algunos fracasos, a
través de los cuales, sin embargo, se ha construido un modelo de investigación
que es la mejor garantía, no para evitar nuevas empresas terroristas, sino para
poder luego reprimirlas con eficacia e identificar quien es el responsable
— ¿En qué forma
favorece la guerra al crimen organizado?
— En general los
conflictos armados y la economía de guerra son un factor de expansión tanto del
crimen organizado como del terrorismo; ambos a menudo son componentes de
conflictos híbridos y procesos de desestabilización político institucional y
social que tienen lugar en zonas marcadas por conflictos. También desde este
punto de vista la experiencia de países de Latinoamérica nos ayuda incluso a
nosotros mucho para entender los riesgos que también están presentes en Europa
que ahora ha perdido la ilusión de mantener lejos de sus fronteras el espectro
de la guerra.
Recordamos a los lectores del blog, que el próximo miércoles 13, a las 18,30 horas, la Cátedra Brigadier San Martín recibirá al Dr. Mario Meneghini, quien hablará sobre "La obligación de participar en la vida cívica". Como siempre, nos reuniremos en el hotel Felipe II, San Jerónimo 279.
QUE OMITE LOS TERRITORIOS INVADIDOS Y EN
DISPUTA CON EL REINO UNIDO
Dr. César Lerena
La Resolución
230/2023 (31/8/23) del Ministerio de Relaciones Exteriores, relativa a la
ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL, será, sin duda, motivo de debate en los ámbitos
académicos de Defensa y arrojará dudas sobre la formación en el propio
Instituto del Servicio Exterior de la Nación. Es notable lo básico de este
instrumento, su alcance limitado y la falta de resguardo a los espacios
marinos, la plataforma continental y los archipiélagos argentinos invadidos por
el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB) o disputados por esta potencia.
Comencemos por
decir, que esta Resolución que determina la “Estrategia Marítima Nacional” no
puede limitarse al «propósito de coordinar las actividades de los organismos
responsables de la administración marítima argentina, que ejercen funciones en
el ámbito marítimo y portuario» (sic) y que, por medio de ésta, se establezcan
«los lineamientos a seguir durante el próximo quinquenio (2022-2026) (NdA: dos
años después de iniciado el plan quinquenal), con el objetivo de garantizar que
el Estado Argentino cumpla con sus obligaciones y responsabilidades derivadas
de los instrumentos obligatorios de la Organización Marítima Internacional
(OMI)…» (sic), cuestión que es inherente al P.E.N. a través de la Ley 22.520 y
a la misión y funciones de cada una de las secretarías y, mucho menos es
posible, que la Nación se ajuste a cumplir obligaciones de un “Estado rector de puerto”, que la Argentina
no ratificó.
Dice al respecto
la OMI: “Los diferentes Estados considerarán el presente código de conformidad
con sus propias circunstancias y sólo deberían estar obligados en cuanto a la
implantación de los instrumentos en los que sean Gobiernos Contratantes o
Parte” ˂A.1070 (28) Código III˃, obligación que es absolutamente contraria a
los intereses nacionales, al cuidado de su soberanía marítima e insular y, a la
explotación autónoma de los puertos y sostenibilidad de los recursos.
No puede llamarse
pomposamente “ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL” a un simple instrumento de
coordinación de obligaciones; además, que previamente no se ha definido cuál es
la estrategia para garantizar la soberanía argentina en la jurisdicción marítima;
muy particularmente en la materia de seguridad y, protección del medio marino a
que refiere la Res. A.1070 (28) del Código III de la OMI, cuando los británicos
extraen ilegalmente a través del otorgamiento de licencias igualmente ilegales
250.000 toneladas anuales de recursos pesqueros en Malvinas y unos 500 buques
chinos, coreanos, taiwaneses y españoles extraen otras 700 mil toneladas de
recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar. En ambos casos,
produciendo un lamentable desequilibro del ecosistema marino, que suele ir
acompañado de trabajo esclavo, inseguridad laboral en el mar y tráfico de
narcotráfico, como ha sido reiteradamente denunciado. Del mismo modo, la Res.
A.1067 (28) del Código III solo tiene por finalidad “describir el objetivo,
principios, alcance, responsabilidades y aspectos relativos a la creación de
capacidad de la auditoría de un Estado Miembro de la OMI”.
La OMI es un
organismo de las Naciones Unidas, con sede en Londres, que tiene como función
promover la cooperación entre los Estados y las empresas de transporte
marítimo, para contribuir a mejorar la seguridad marítima y, evitar la
contaminación marina, a través de Convenios Internacionales entre los que se
destacan el “La seguridad de la vida humana en el mar” (SOLAS, 1974,
enmendado); “La prevención de la contaminación de los buques”, 1973, mod. en
1978 y 1997 (MARPOL); “La formación de gente de mar”, 1978, mod. 1995/2010; “La
búsqueda y salvamento marítimos”, 1979 (SAR); “La represión de actos ilícitos
contra la seguridad de navegación marítima”, 1988/2005 (SUA); “La prevención de
abordajes”, 1972 y, varios más.
Urgida, por cuanto
la OMI, dice, habría de realizar una auditoría a nuestro país entre el 30 de
septiembre y el 9 de octubre del presente año, la Cancillería dicta la Res. 230
el 31 de agosto; a treinta días de las hipotéticas auditorías y, refiere, que
han prestado conformidad “la Prefectura Naval Argentina; la Armada Argentina;
el Servicio de Hidrografía Naval; el Servicio Meteorológico Nacional; la Junta
de Seguridad en el Transporte; la Subsecretaría de Puertos del Ministerio de
Transporte; habiéndose obtenido la adhesión formal de los organismos
competentes” sin precisar cuales y de “las áreas con competencia relevante de
esta Cancillería”, tomando intervención, entre ellas, “la Coordinación de
Política Oceánica del Atlántico Sur de la Secretaría de Malvinas, Antártida y
Atlántico Sur; la Dirección de Asuntos Ambientales, la Dirección de Seguridad
Humana, Innovación y Asuntos Tecnológicos Internacionales y la Dirección de
Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales de la Secretaría de
Relaciones Exteriores y, la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
Aunque, es muy
llamativa la ausencia de aprobación por parte del Estado Mayor Conjunto de las
Fuerzas Armadas (su Comando Conjunto Antártico y Comando Operacional); la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y, de los Ministerios de
Desarrollo Ambiental; Defensa y Seguridad de la Nación, quienes debieron
expedirse en lo inherente seguridad marítima y, protección del medio marino que
trata la OMI, más allá de su posterior intervención -que se indica- en la tarea
ejecutiva y de formación de recursos.
Se omitió también
el dictamen del “Consejo Nacional de Asuntos relativos a las Islas Malvinas,
Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares
correspondientes”, creado por Ley 27.558 e integrado por el presidente de la
Nación, senadores y diputados del poder legislativo, el gobernador de Tierra
del Fuego, académicos del derecho internacional y representantes de los ex
Combatientes de Malvinas que, entre otras funciones, están la de diseñar
políticas de Estado y colaborar en las cuestiones de soberanía, por lo tanto, su
opinión al respecto es insalvable. No nos llama la atención, en tres años este
Consejo no elaboró una sola propuesta relevante.
Con todo respeto,
el Anexo I, que suscribe el director general de la Consejería Legal de
Cancillería, escribe solo enunciados; el alcance de lo que llama Estrategia “se
limita al planteo de los lineamientos necesarios” (sic) y no logra siquiera ser
un “Manual de Misión y Funciones y, de coordinación y ejecución de
Procedimientos” y, por supuesto, no puede denominarse “Estrategia Marítima
Nacional”, porque ni siquiera hace referencia alguna a la jurisdicción
argentina, a la D.T.P. de la Constitución Nacional; al Art. 2º de la Ley 24.543
de ratificación de la Convención del Mar (CONVEMAR); a los art. 4º, 5º; 21º a
23º de la Ley 24.922 y muy especialmente, a las leyes de Defensa Nacional
23.554 y de Seguridad Interior 24.059 y, el Decreto 457/21 que junto al P.E.N.
suscribieron los entonces Jefe de Gabinete y de Relaciones Exteriores. Este
documento, en el mejor de los casos, con la corrección de las omisiones que
referimos, podría denominarse como en alguna parte del Anexo se indica: Normas
“para la implantación de los instrumentos obligatorios de la OMI”; aunque, en
los hechos, se limita a indicar quienes son los organismos que intervienen y
recordar que los recursos humanos deben capacitarse; cuestión, que cualquier
organismo público debería, desde siempre, estar ejecutando.
¿Y qué estrategia
tiene la Argentina respecto a que la OMI pudiera convalidar al RUGB en los
territorios marinos argentinos en el Atlántico Suroccidental y sobre el puerto
de Malvinas? ¿Y es posible que haya una estrategia de la Armada compatible con
la OMI sobre las aguas ocupadas? ¿cómo se verificarían los buques procedentes
de Malvinas con productos argentinos capturados ilegalmente? ¿puede tratarse de
igual forma la jurisdicción argentina que la internacional y los espacios
ocupados en forma prepotente por el RUGB? Sobre estas cuestiones esta
Resolución de la Cancillería no emite una sola estrategia.
El citado Decreto
457/21 ya indica que es voluntad política “explicitar los principales
lineamientos del nivel Estratégico Nacional, en particular, la concepción y el
posicionamiento estratégico que seguirán orientando y conduciendo las
cuestiones relativas a la Defensa Nacional” y que “el Cono Sur se encuentra en
una dinámica compleja de redefinición de sus mecanismos de cooperación e
integración regional… el fortalecimiento del diálogo constructivo y la
coordinación con nuestros vecinos continuarán siendo prioridades estratégicas
de Argentina”.
No puede omitirse
a la hora de elaborar una “Estrategia Marítima Nacional” que la Argentina tiene
invadidos o en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña, unos 5.497.178 Km2,
derivados de 1.639.900 Km2 ocupados de territorio marítimo e insular; 2.426.911
Km2 de territorio continental y marítimo Antártico y 1.430.367 Km2 de
plataforma extendida derivada de la Ley 27.557, ya que el dictamen de la
Comisión de Límites solo recomendó la aprobación de 351.633 Km2 del total
reclamado por Argentina, por aplicación del Art. 76º 5 de la CONVEMAR. Por lo
tanto, cualquier auditoría que se apruebe deberá contemplar una estrategia
relativa a estos espacios territoriales continentales, insulares y marítimos.
En cualquier caso,
no se trata de “asegurar (como dice la Res. 230 en su objetivo 1 del Anexo) la
efectiva implantación de los instrumentos internacionales” sino de
compatibilizar los instrumentos internacionales ratificados a las estrategias
nacionales relativas al mar y, es, en el objetivo 2, donde omite precisar la
jurisdicción y responsabilidad, limitándose a indicar “según corresponda”.
Tampoco, a la hora de “Inspeccionar buques extranjeros” refiere al control de
la pesca ilegal que, sin dudas, es una de las razones principales de
depredación y contaminación marina y transporte ilegal. Menciona genéricamente
luego en el objetivo 4 “proteger los recursos naturales en aguas de la Nación”
sin referir a los migratorios que tienen origen en la Zona Económica Exclusiva
Argentina y son apoderados por buques extranjeros en alta mar y en Malvinas.
Finalmente, dice, la coordinación argentina será en la sede de la OMI en
Londres. Es lo más preciso que tiene esta Resolución.
Ninguna obligación
contraída con la OMI puede omitir las cuestiones observadas, ni todos los
organismos que deben intervenir, porque atentaría contra la soberanía nacional,
las prescripciones de la Constitución Nacional y, facilitará la injerencia
prepotente del RUGB en el Atlántico Suroccidental.
Cuando nos
lamentamos de nuestra dependencia, recordemos a Louis Pasteur (1862): “Nada se
produce por generación espontánea”.