miércoles, 20 de septiembre de 2023

CONFERENCIA

 

La Cátedra, por invitación de Encuentro Vecinal Córdoba, realizará en su local, Rioja 532, las próximas actividades. 

El día 28 de setiembre, a las 19 hs., el Dr. Mario Meneghini expondrá sobre: Planeamiento como instrumento de gobierno. 

viernes, 15 de septiembre de 2023

OBLIGACIÓN DE PARTICIPAR

 



martes, 12 de septiembre de 2023

VIDEO

 


GIRO EN MALVINAS

 


la posible canciller de Javier Milei dice que reconocerá el derecho de los isleños

 

Walter Schmidt

 

Clarín, 12/09/2023

 

En plena campaña electoral, la postulante a canciller de Javier Milei, Diana Mondino, propuso cambiar la histórica política exterior que la Argentina mantuvo respecto del reclamo de soberanía por las Malvinas, al plantear que hay que respetar los derechos de los habitantes de las islas. Este giro implica abrir la puerta a la autodeterminación de los isleños, que es precisamente la posición de Gran Bretaña.

 

La declaración de Mondino tiene un valor extra porque fue hecha ante el diario londinense The Telegraph a través de un artículo de su firma bajo el título “Los derechos de los isleños serán respetados si Javier Milei gana las elecciones en la Argentina”.

 

“Los derechos de los isleños van a ser respetados, deben ser respetados y no se les puede faltar el respeto. El concepto de que uno le puede imponer a la gente lo que se puede hacer o lo que se debe hacer es extremadamente feudal e ingenuo”, aseguró la economista.

 

Mondino dejó en claro la intención de una eventual administración de Milei de diferenciarse de lo hecho hasta aquí por los distintos gobiernos sobre la Cuestión Malvinas. “Ahora mismo estamos en el peor de los mundos, porque ni Gran Bretaña ni Argentina pueden hacer un uso razonable de los recursos que hay allí abajo”, aseguró la aspirante a Ministra de Relaciones Exteriores.

 

La propuesta de la libertaria en términos diplomáticos implicaría que el gobierno nacional renuncia a la discusión de soberanía de las Malvinas con el Reino Unido, y que reconoce a los habitantes de las islas como una tercera pata en la disputa.

 

La disputa por las Malvinas tuvo su punto más dramático con el desembarco de tropas argentinas en abril de 1982, que desató una guerra argentino-británica durante diez semanas. Provocando la muerte de 649 militares argentinos, 255 británicos y 3 civiles isleños.

 

Sus dichos provocaron la dura reacción de funcionarios del Gobierno y de Juntos por el Cambio, que la acusaron de “desconocimiento” y de no cumplir con la Constitución.

 

En la reforma de 1994, en su Disposición Transitoria Primera, la Carta Magna “ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes” y señala como un “objetivo permanente e irrenunciable” la recuperación de ese territorio por la vía diplomática “respetando el modo de vida de sus habitantes”. No habla de deseos o derechos porque significaría reconocerles el principio de autodeterminación.

Mondino también sostuvo que “no se puede imponer ninguna decisión a otras personas, ni a los argentinos ni a nadie”. “El concepto de que se puede imponer a la gente lo que se puede hacer o lo que se debe hacer es muy feudal e ingenuo”, insistió.

 

Uno de los primeros en salir a cuestionarla fue Federico Pinedo, exsenador y uno de los asesores de Patricia Bullrich en política exterior.

 

“Sería importante entender cuáles serían esos derechos de los isleños. Siempre dijimos que corresponde respetar sus intereses y la Constitución aclara que se trata de su modo de vida”, planteó Pinedo.

 

En tanto, el secretario de Malvinas de la Cancillería, Guillermo Carmona, consideró que la postura de la candidata de Javier Milei “amenaza la soberanía nacional” e implica una “total ignorancia del régimen constitucional argentino”.

 

“Por un lado plantea el reconocimiento a los isleños con total ignorancia del régimen constitucional argentino y, con sus afirmaciones, da lugar a un presunto derecho de autodeterminación que la Argentina y la comunidad internacional rechazan”, advirtió Carmona.

 

Agustín Rossi, jefe de Gabinete y candidato a vicepresidente de Unión por la Patria, también se sumó a las críticas y sostuvo que Mondino manifestó “un desconocimiento de lo que significa la política internacional”. “Lo que está haciendo es entregar Malvinas, además de incumplir con la Constitución Nacional”, dijo.

 

La posición histórica que han tenido los distintos gobiernos tras la guerra de 1982 y con el retorno de la democracia, fue reafirmar que el derecho de libre determinación no es aplicable a las Islas Malvinas, para sus habitantes, porque no se trata de un pueblo colonizado ya que hubo una ocupación del territorio en 1833 y fue expulsada la autoridad argentina. Mientras que los británicos tomaron medidas para impedir su regreso e implantaron súbditos de la Corona.

 

En sintonía, la Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoce la existencia de una disputa de soberanía entre la Argentina y el Reino Unido e invita a ambos países a negociar para encontrar una solución pacífica a la controversia. No hay ningún reconocimiento de los habitantes como parte.

 

Cada año, la Argentina plantea esa postura y Londres se niega a mantener este diálogo y afirma que los isleños tienen derecho a la autodeterminación, lo que rechaza Buenos Aires pero, ahora, promueve Mondino.

lunes, 11 de septiembre de 2023

NAVEGACIÓN NO PACÍFICA

 

 


 PESCA ILEGAL, PUERTOS CÓMPLICES Y GOBIERNO AUSENTE

 

Dr. César Lerena

 

Según nos informa el Diario La Nación (5/9/23) el buque carguero frigorífico de bandera panameña “Frio Marathon” llegó a Mar del Plata, proveniente de Puerto Argentino de Malvinas, donde habría operado desde 2014, sin el permiso de la Autoridad de Aplicación argentina, motivo por el cual la Prefectura inició un sumario «por violar el Decreto 256/10 que establece que todos los buques que se propongan transitar entre los puertos del territorio continental argentino y puertos ubicados en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas), o atravesar aguas jurisdiccionales argentinas en dirección a estos últimos y/o cargar mercaderías a ser transportadas en forma directa o indirecta entre esos puertos, deben solicitar autorización para que el Estado argentino autorice la operatoria».

Estimándose, dice el medio, que la sanción podría ser de varios millones de pesos, que como dice “Agenda Malvinas” podrían ser unos pocos dólares.

 

Desde que rige el citado Decreto, la Prefectura, según la publicación, habría «detectado 683 buques en presunta infracción y sancionado pecuniariamente a 371 de ellos. En paralelo, se ha gestionado la autorización de más de 1.200 permisos para que buques de bandera extranjera recalen en los referidos puertos y, que, buques de 37 banderas, incluso del Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB), reconocieran indirectamente, mediante este proceso, la soberanía del país sobre nuestras Islas al solicitar autorización a nuestro país».

 

Hasta aquí la noticia que no precisa cuál es el “monto millonario” que se podría aplicar, ni tampoco las razones por las que sólo se sancionó al 54% de los buques en aparente infracción y, cuál habría sido el monto total de las multas aplicadas y si están firmes y han sido depositadas en favor del Estado. Tampoco se indica si la llegada a Mar del Plata de este buque fue voluntaria o si fue apresado en algún lugar del mar argentino y la Prefectura lo condujo al puerto de Mar del Plata, cuestión que no parece, a juzgar por la foto que hemos tomado del buque, al que se lo ve solo navegando para ingresar a este puerto.

 Es curioso que la Prefectura entienda, que el permiso de tránsito para navegar por aguas jurisdiccionales argentinas con destino a puertos de Malvinas o viceversa pueda implicar un reconocimiento indirecto de la soberanía sobre los archipiélagos. En todo caso, lo que está haciendo el Estado Argentino es controlar el tránsito en las aguas de su jurisdicción; control, por cierto, absolutamente insuficiente, ya que se ha limitado a constatar si se ha pedido o no permiso, en lugar de verificar las mercaderías que se transportan; como gendarmería, la policía federal o provincial lo hubiesen hecho a cualquier transporte en una ruta nacional o camino provincial.

 

Si se hubiese controlado las mercaderías transportadas por los 1.200 buques que obtuvieron permisos, seguramente se hubiera constado la presencia de millones de toneladas de pesca ilegal capturada en el área de Malvinas o proveniente de recursos migratorios argentinos originarios de la ZEEA. Del mismo modo, sobre los 683 buques que fueron detectados en presunta infracción. Nada se dice, si del total de 1.883 buques referidos, cuántos pudieron violar la Ley 24.922 y muy especialmente la 26.386, que en síntesis, prohíbe a las empresas habilitadas por la Autoridad de Aplicación a operar sin autorización de ésta en Malvinas y viceversa o mantener relación directa o indirecta con empresas que operen o hayan operado en Malvinas y, en este sentido, si no se ha efectuado el análisis societario de las empresas que operan en Argentina y las que lo hacen en Malvinas  y, si existe alguna relación entre ellas (de hecho hay varias publicaciones que lo han denunciado reiteradamente), si se hubiesen otorgado permisos de tránsito se estaría violando la referida Ley 26.386 y la DTP de la Constitución Nacional. En este sentido, sería deseable que Prefectura publique todos los buques que han transitado por las aguas argentinas (incluso, obviamente, el área de Malvinas) desde 2010 y, junto al Consejo Federal Pesquero y su asesoría legal, determinen si alguna empresa radicada en la Argentina violó y continúa violando la Ley 26.386.

Por cierto, las políticas que se llevan adelante no desalientan la pesca ilegal y, menos, actúan para cumplir la Disposición Transitorio Primera de la Constitución Nacional. En las aguas argentinas y sobre los recursos migratorios originarios de la ZEEA hay navegación no pacífica, pesca ilegal, puertos cómplices y un gobierno ausente y, no parece que, hasta el fin de este gobierno, las cosas vayan a cambiar.

 

No alcanzará con aplicarle una multa millonaria al buque transbordador que no pidió permiso para transitar. El buque pagará el monto que se le indique y, al día siguiente, seguirá sirviendo a buques extranjeros, efectuando el transbordo en el mar de cientos de miles de toneladas que se capturan ilegalmente. Además, la Prefectura debería, además de verificar si el buque ha pedido o no permiso para transitar, verificar si transita con mercaderías obtenidas ilegalmente. Ello sí, sería ejercer soberanía. En los hechos esta fuerza se ha limitado con poquísimo éxito -dos buques por año apresados sobre una población anual del orden de los 500 buques en los últimos 40 años- a verificar in fraganti la pesca ilegal, en lugar de inspeccionar la pesca ilegal que se transporta. En el continente, los “ladrones del asfalto”, pocas veces se detectan infraganti, sino en el control en la circulación de los transportes. A poco de requerir el certificado de origen, la trazabilidad y, si el buque tiene control presencial del Estado de pabellón (y cierro por ahorro administrativo) ninguno de los buques cargados puede demostrar la legalidad de la captura.

 

El buque “Frio Marathon”, no solo no pidió permiso para transitar y contribuyó al traslado de productos pesqueros ilegales, sino que también, no pagado derecho alguno, inclusive los aduaneros, en el caso de la exportación de productos desde el territorio argentino de Malvinas. La colocación de una multa por no pedir autorización, será irrelevante, en relación al daño ocasionado a la Argentina todos estos años.

Y si se sanciona el tránsito sin permiso, ¿por qué las sucesivas autoridades argentinas, desde 1998 a la fecha, no han sancionado la pesca ilegal en el territorio argentino de Malvinas, como establece la Ley 24.922? 

 

Para minimizar los riesgos de una navegación no pacífica, la pesca ilegal e impedir el uso de puertos por parte de buques que pescan ilegalmente, sugiero la sanción de un Decreto (cuyos fundamentos omito por razones de espacio) que alcance a todo buque o artefacto naval de cualquier bandera (salvo la argentina autorizada) que se proponga transitar en la ZEEA, la Zona Contigua, el Mar Territorial Argentino o por sobre la Plataforma Continental Argentina conforme lo establecido por la Ley 27.557 con destino o no a puertos ubicados en el Área FAO 41 y 48, quienes deberán solicitar una autorización previa; debiendo analizarse si viola la Ley 26.386 y estar provisto de un Sistema de Seguimiento Satelital activo en los últimos noventa (90) días anteriores a la solicitud de autorización y, mantenerse activo durante el tiempo de tránsito; habilitándose al SENASA a intervenir para determinar a bordo el carácter de ilegal o no de las mercaderías, como establece el Decreto 4238/68.

 

Finalmente, la mayoría de los países, habiendo o no aprobado la Convención del Mar (CONVEMAR) aplican normas penales (Brasil, Colombia, Estados Unidos, México, Perú, Alemania, España, Venezuela), o están analizando aplicarlas (Costa Rica, Chile, la Unión Europea), porque han entendido que la erradicación de la pesca ilegal no se ha logrado con normas administrativas y, este caso, como otros, requerirían el decomiso del buque y el arresto de los responsables, de otro no se erradicará la pesca ilegal.

sábado, 9 de septiembre de 2023

GIOVANNI MELILLO

 


“La principal herramienta en la estrategia del crimen organizado es la corrupción”


Claudia Peiró


Infobae, 09 Sep, 2023

 

Entrevista con Giovanni Melillo, fiscal nacional italiano antimafia y antiterrorismo


Giovanni Melillo destaca la importante historia de cooperación entre la justicia italiana y la argentina en materia de combate al crimen organizado que se ha internacionalizado al punto que, por ejemplo, la ‘Ndrangheta calabresa tiene ramificaciones en nuestro país por la vía de la inversión del dinero malhabido en empresas que operan como fachada de estas organizaciones.

 

Esta es la cuarta vez que el ahora Fiscal Nacional Antimafia y Antiterrorismo de Italia visita la Argentina. Antes de ser nombrado en ese puesto estratégico en mayo de 2022, Giovanni Melillo, que ingresó al poder judicial en 1985 y se desempeñó en varios cargos como magistrado y como fiscal, era jefe, desde 2017, de la fiscalía de Nápoles, la oficina más grande y relevante de Italia en materia de investigación y represión de grupos mafiosos.

 

En Argentina, participó de una jornada en la Universidad de San Andrés sobre “Lineamientos de política criminal para la reducción de la violencia. Proliferación de organizaciones criminales y su impacto en el aumento de homicidios”, junto a fiscales federales y provinciales de nuestro país. Melillo disertó sobre la experiencia italiana en el desmantelamiento de organizaciones criminales para la reducción de la violencia.

 

María Cecilia Vranicich, fiscal general de Santa Fe, trazó el cuadro de situación de su provincia con respecto al crimen organizado, y con eje en el caso Rosario, generando un intercambio con Melillo y los demás expertos.

 

Además el fiscal italiano participó de un panel en la Facultad de Derecho de la UBA, junto al juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti y el fiscal general de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Juan Bautista Mahiques, sobre la persecución penal del narcotráfico.

 

En entrevista exclusiva con Infobae, Melillo explicó cuáles son las falencias o debilidades de las economías y de los Estados que favorecen la expansión del crimen organizado.

 

— ¿Cuáles son los principales desafíos que debe enfrentar un Ministerio Público Antimafia y Antiterrorista en la Italia de hoy?

 

— Los desafíos a los que nos enfrentamos en Italia son los mismos a los que se enfrentan otros estados. Tenemos ante nosotros redes criminales que operan a escala global, sistemas criminales complejos e integrados, que llevan a cabo estrategias comunes para la gestión del tráfico legal y la reinversión especulativa de los beneficios, enormes beneficios de este tráfico. Se trata de fenómenos que apelan a la responsabilidad de todos los Estados y que llaman a los fiscales de todos los países a cooperar entre sí para construir proyectos de investigación comunes y acciones de investigación cada vez más eficaces.

 

— ¿Cuál es el estado de esa colaboración entre Italia y Argentina? ¿Existe una historia de cooperación?

 

— Es una buena colaboración. Hay una historia reciente muy importante que se ha desarrollado alrededor de casos también de gran importancia en los cuales la magistratura argentina ha ofrecido una colaboración importante para la justicia italiana. Tenemos el proyecto de reforzar y relanzar porque tenemos ante nosotros desafíos comunes. Yo he venido a Argentina para encontrarme con los magistrados del Ministerio Público de la República Argentina y para construir las bases de una colaboración siempre más eficaz. Tenemos desafíos comunes: la Triple Frontera no es sólo un problema en los países de América Latina que están directamente involucrados en lo que sucede en esa región tan dramáticamente marcada por fenómenos criminales. La Triple Frontera mucho tiene que ver también con el tráfico de drogas que llega a los estados europeos y a Italia. Tenemos problemas comunes también debido a la acción de las organizaciones criminales italianas que se han ramificado en el extranjero también están presentes aquí. La ‘Ndrangheta calabresa, en primer lugar, que tiene importantes ramificaciones en Argentina y una red de empresas cuya función es blanquear dinero procedente del tráfico criminal, empresas que son aparentemente legales, pero que apoyan el desarrollo de redes criminales transnacionales.

 

— ¿Hay sectores de actividad más favorables a la infiltración de las mafias?

 

— Absolutamente sí, en todas las latitudes tienen actitudes pragmáticas a la hora de blanquear la inversión de los beneficios del tráfico criminal. Lo hacen en sectores donde hay menos riesgo de controles, menos riesgo de padecer los rigores de la ley, y desde este punto de vista es evidente que todas las debilidades de los sistemas de control del mercado financiero, del sistema bancario, de sectores económicos delicados como son el sector turístico-hotelero, por ejemplo, o el inmobiliario se prestan naturalmente a este tipo de operaciones.

 

— Esas son debilidades del sistema económico. ¿Existen también debilidades en los estados que favorecen la infiltración mafiosa?

 

— La principal debilidad está dada por la gravedad de los fenómenos corruptos que están presentes y que debilitan las funciones de control y represión también es un problema que atañe a la responsabilidad de todos los estados. Mucha gente piensa que el crimen organizado es sinónimo de violencia, pero en realidad la principal herramienta de la estrategia del crimen organizado es la corrupción. La violencia derriba al enemigo; la corrupción procura amigos y es mucho más importante para un grupo criminal tener amigos que puedan ayudar a la organización a garantizar la impunidad de sus dirigentes o la seguridad de sus riquezas ilícitamente acumuladas. Este es un riesgo principal, luego hay otras debilidades como controles insuficientes en los sistemas de infraestructura que soportan la logística que utilizan las redes criminales para el narcotráfico, pero también para el tráfico de metales estratégicos y de seres humanos. Aquí hay que reforzar las tecnologías al servicio de las funciones de control. La responsabilidad de los estados es un objetivo importante para superar una condición crónica de debilidad de estas funciones en muchos estados, no sólo latinoamericanos, sino también europeos.

 

— ¿Tiene Argentina el desarrollo institucional suficiente como para obstaculizar el desarrollo del crimen organizado?

 

— Creo que es posible la cooperación entre estados con tradiciones diferentes, con sistemas jurídicos distintos, pero todos animados por la conciencia de que frente a desafíos comunes debemos dejar de lado las diferencias que obstaculizan la cooperación y en cambio unir nuestros esfuerzos para construir proyectos de investigación comunes. El derecho internacional nos ofrece esta posibilidad. La magistratura italiana trabaja con muchos estados de América, Latina en equipos conjuntos de investigación donde magistrados y fuerzas policiales trabajan codo con codo, paso a paso, compartiendo proyectos de investigación, información y resultados del trabajo conjunto. Este es un objetivo que también tenemos en nuestra relación con el poder judicial de Argentina. Lo hablaré con el Procurador General de la Nación, con el Fiscal Nacional Antidrogas. Es una meta a nuestro alcance porque las convenciones internacionales nos ofrecen esta posibilidad y es una oportunidad importante sobre todo en relación con el poder judicial de la República Argentina, que es un estado con sólidas raíces democráticas, con una tradición jurídica importante, gracias a la solidez de sus instituciones judiciales, pero también de las académicas, la cultura jurídica de los abogados argentinos. Es un país con el que la colaboración desde el punto de vista italiano es natural y confiamos mucho en esta posibilidad.

 

— ¿El tráfico de drogas ha crecido y el consumo ha aumentado en los últimos años en Europa?

 

— Los datos de Naciones Unidas muestran que no sólo creció el consumo sino también la producción de clorhidrato de cocaína. Es la sustancia ilegal con la que más se trafica en el mundo y esto lo confirman las cifras. En 2022 se incautaron más de 1400 toneladas de cocaína y más de 200 toneladas fueron incautadas en Europa. Pero esto es una pequeña fracción que da la medida del tamaño del tráfico y, sobre todo, del volumen de la riqueza ilegal que se origina de este tráfico y que luego es vertida en el mercado anulando la competencia aplastando a las empresas que no pueden contar con estas disponibilidades y de hecho alterando los mercados legales. Este es un problema muy importante que vincula el destino del narcotráfico al destino global de los procesos criminales de los fenómenos criminales a escala planetaria.

 

— ¿Es posible luchar en el marco de un país contra una criminalidad organizada que traspasa fronteras? Suele decirse que los mafiosos siempre van por delante de sus perseguidores

 

— Giovanni Falcone decía que los mafiosos siempre tienen una larga ventaja sobre los magistrados, porque las organizaciones criminales tienen una extraordinaria capacidad de adaptación y evolución. Pero la historia demuestra que es posible. Desbaratando las grandes organizaciones, los grandes carteles criminales, es posible restaurar la primacía de la ley. La experiencia italiana se presta a la reflexión. En Italia prácticamente todos los jefes de las organizaciones mafiosas están en la cárcel y se considera normal que las riquezas de la mafia sean confiscadas para ser destinadas a fines sociales. Esto, por supuesto, no afecta a la gravedad de los fenómenos criminales, porque éstos se transforman, pero la criminalidad mafiosa organizada en Italia ha renunciado a desafiar la autoridad del Estado con resonantes empresas armadas.

 

— ¿Ser fiscal en Italia sigue siendo una actividad de riesgo, como lo fue en el pasado?

 

— No me corresponde a mí evaluar el riesgo relacionado con mis funciones. Este es un tema por el que nunca me he preocupado. Y no puede condicionar el trabajo que hago el pensar en eventualidades.

 

— ¿Cuál es la posición de Argentina en el tráfico internacional de drogas? ¿Seguimos siendo un país de tránsito?

 

— Argentina es ciertamente un país de tránsito. Pero también es un país en el que las riquezas del narcotráfico se utilizan para adquirir cuotas importantes de los mercados inmobiliarios y de empresas por ejemplo en el sector del turismo y de la restauración, y no sólo allí sino en todos los sectores en los que es posible utilizar empresas para lavar dinero. Y, sobre todo, Argentina tiene un rol, es decir, ocupa una posición crucial en el ciclo de tráfico de la droga producida en América Latina. No es casualidad que alrededor de la Triple Frontera haya surgido un sistema que yo llamo de macro-mafia en el que se integran las mafias de los países individuales en...

 

— ...en multinacionales

 

— Podemos llamarlos así. Se trata de procesos de transformación criminal extremadamente peligrosos que no pueden ser enfrentados por estados individuales. La clave es la colaboración entre los estados y la clave de esa colaboración está en los poderes judiciales de los estados que son los que más sienten la responsabilidad de contrarrestar este fenómeno que amenaza la estabilidad y la seguridad de países enteros y que, además, es capaz de avasallar democracias. Muchos latinoamericanos están familiarizados con este fenómeno de cómo una democracia puede ser derribada o incluso simplemente vaciada por el narcotráfico y la presión coactiva y violenta que éste genera.

 

— En lo que concierne al terrorismo actual, me parece que, en comparación con otros países europeos, Italia ha eludido de momento ese flagelo.

 

— Desde que vivió las tragedias del terrorismo en los años 70 y 80 Italia ha desarrollado una extraordinaria capacidad de prevención y represión de estos fenómenos criminales. Los servicios de policía judicial especializados en la prevención en la lucha contra el terrorismo hacen un trabajo extraordinario y las fiscalías italianas apoyan y dirigen este trabajo, gracias a los activos de información integrados y a que cuenta con estructuras especializadas. La Fiscalía Antimafia y Antiterrorismo tiene precisamente la tarea de impulsar y coordinar la investigación, y de la eficacia de esta función y de la del Estado en su conjunto depende la posibilidad de prevenir la comisión de delitos graves. Pero, por supuesto, la realidad siempre está dispuesta a contradecirnos y, por lo tanto, en este sentido sólo podemos esforzarnos por trabajar cada vez mejor.

 

— ¿Los demás países europeos han consultado a Italia en materia de política antiterrorista?

 

— Con los otros países de la Unión Europea hay un marco absolutamente positivo de cooperación, incluso para la solidez del marco jurídico que garantiza la cooperación entre los estados de la Unión. Y hay una larga tradición en los últimos 50 años de cooperación y confianza mutua entre las democracias europeas amenazadas por el terrorismo. Es una larga historia de éxitos y también de algunos fracasos, a través de los cuales, sin embargo, se ha construido un modelo de investigación que es la mejor garantía, no para evitar nuevas empresas terroristas, sino para poder luego reprimirlas con eficacia e identificar quien es el responsable

 

— ¿En qué forma favorece la guerra al crimen organizado?

 

— En general los conflictos armados y la economía de guerra son un factor de expansión tanto del crimen organizado como del terrorismo; ambos a menudo son componentes de conflictos híbridos y procesos de desestabilización político institucional y social que tienen lugar en zonas marcadas por conflictos. También desde este punto de vista la experiencia de países de Latinoamérica nos ayuda incluso a nosotros mucho para entender los riesgos que también están presentes en Europa que ahora ha perdido la ilusión de mantener lejos de sus fronteras el espectro de la guerra.

CONFERENCIA

  

Recordamos a los lectores del blog, que el próximo miércoles 13, a las 18,30 horas, la Cátedra Brigadier San Martín recibirá al Dr. Mario Meneghini, quien hablará sobre "La obligación de participar en la vida cívica". Como siempre, nos reuniremos en el hotel Felipe II, San Jerónimo 279.

sábado, 2 de septiembre de 2023

LA ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL

 

 QUE OMITE LOS TERRITORIOS INVADIDOS Y EN DISPUTA CON EL REINO UNIDO

 

Dr. César Lerena

 

La Resolución 230/2023 (31/8/23) del Ministerio de Relaciones Exteriores, relativa a la ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL, será, sin duda, motivo de debate en los ámbitos académicos de Defensa y arrojará dudas sobre la formación en el propio Instituto del Servicio Exterior de la Nación. Es notable lo básico de este instrumento, su alcance limitado y la falta de resguardo a los espacios marinos, la plataforma continental y los archipiélagos argentinos invadidos por el Reino Unido de Gran Bretaña (RUGB) o disputados por esta potencia.

 

Comencemos por decir, que esta Resolución que determina la “Estrategia Marítima Nacional” no puede limitarse al «propósito de coordinar las actividades de los organismos responsables de la administración marítima argentina, que ejercen funciones en el ámbito marítimo y portuario» (sic) y que, por medio de ésta, se establezcan «los lineamientos a seguir durante el próximo quinquenio (2022-2026) (NdA: dos años después de iniciado el plan quinquenal), con el objetivo de garantizar que el Estado Argentino cumpla con sus obligaciones y responsabilidades derivadas de los instrumentos obligatorios de la Organización Marítima Internacional (OMI)…» (sic), cuestión que es inherente al P.E.N. a través de la Ley 22.520 y a la misión y funciones de cada una de las secretarías y, mucho menos es posible, que la Nación se ajuste a cumplir obligaciones de un  “Estado rector de puerto”, que la Argentina no ratificó.

Dice al respecto la OMI: “Los diferentes Estados considerarán el presente código de conformidad con sus propias circunstancias y sólo deberían estar obligados en cuanto a la implantación de los instrumentos en los que sean Gobiernos Contratantes o Parte” ˂A.1070 (28) Código III˃, obligación que es absolutamente contraria a los intereses nacionales, al cuidado de su soberanía marítima e insular y, a la explotación autónoma de los puertos y sostenibilidad de los recursos. 

 

No puede llamarse pomposamente “ESTRATEGIA MARÍTIMA NACIONAL” a un simple instrumento de coordinación de obligaciones; además, que previamente no se ha definido cuál es la estrategia para garantizar la soberanía argentina en la jurisdicción marítima; muy particularmente en la materia de seguridad y, protección del medio marino a que refiere la Res. A.1070 (28) del Código III de la OMI, cuando los británicos extraen ilegalmente a través del otorgamiento de licencias igualmente ilegales 250.000 toneladas anuales de recursos pesqueros en Malvinas y unos 500 buques chinos, coreanos, taiwaneses y españoles extraen otras 700 mil toneladas de recursos migratorios originarios de la ZEE en alta mar. En ambos casos, produciendo un lamentable desequilibro del ecosistema marino, que suele ir acompañado de trabajo esclavo, inseguridad laboral en el mar y tráfico de narcotráfico, como ha sido reiteradamente denunciado. Del mismo modo, la Res. A.1067 (28) del Código III solo tiene por finalidad “describir el objetivo, principios, alcance, responsabilidades y aspectos relativos a la creación de capacidad de la auditoría de un Estado Miembro de la OMI”.

 

La OMI es un organismo de las Naciones Unidas, con sede en Londres, que tiene como función promover la cooperación entre los Estados y las empresas de transporte marítimo, para contribuir a mejorar la seguridad marítima y, evitar la contaminación marina, a través de Convenios Internacionales entre los que se destacan el “La seguridad de la vida humana en el mar” (SOLAS, 1974, enmendado); “La prevención de la contaminación de los buques”, 1973, mod. en 1978 y 1997 (MARPOL); “La formación de gente de mar”, 1978, mod. 1995/2010; “La búsqueda y salvamento marítimos”, 1979 (SAR); “La represión de actos ilícitos contra la seguridad de navegación marítima”, 1988/2005 (SUA); “La prevención de abordajes”, 1972 y, varios más.

 

Urgida, por cuanto la OMI, dice, habría de realizar una auditoría a nuestro país entre el 30 de septiembre y el 9 de octubre del presente año, la Cancillería dicta la Res. 230 el 31 de agosto; a treinta días de las hipotéticas auditorías y, refiere, que han prestado conformidad “la Prefectura Naval Argentina; la Armada Argentina; el Servicio de Hidrografía Naval; el Servicio Meteorológico Nacional; la Junta de Seguridad en el Transporte; la Subsecretaría de Puertos del Ministerio de Transporte; habiéndose obtenido la adhesión formal de los organismos competentes” sin precisar cuales y de “las áreas con competencia relevante de esta Cancillería”, tomando intervención, entre ellas, “la Coordinación de Política Oceánica del Atlántico Sur de la Secretaría de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur; la Dirección de Asuntos Ambientales, la Dirección de Seguridad Humana, Innovación y Asuntos Tecnológicos Internacionales y la Dirección de Seguridad Internacional, Asuntos Nucleares y Espaciales de la Secretaría de Relaciones Exteriores y, la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Aunque, es muy llamativa la ausencia de aprobación por parte del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (su Comando Conjunto Antártico y Comando Operacional); la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y, de los Ministerios de Desarrollo Ambiental; Defensa y Seguridad de la Nación, quienes debieron expedirse en lo inherente seguridad marítima y, protección del medio marino que trata la OMI, más allá de su posterior intervención -que se indica- en la tarea ejecutiva y de formación de recursos.

 

Se omitió también el dictamen del “Consejo Nacional de Asuntos relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes”, creado por Ley 27.558 e integrado por el presidente de la Nación, senadores y diputados del poder legislativo, el gobernador de Tierra del Fuego, académicos del derecho internacional y representantes de los ex Combatientes de Malvinas que, entre otras funciones, están la de diseñar políticas de Estado y colaborar en las cuestiones de soberanía, por lo tanto, su opinión al respecto es insalvable. No nos llama la atención, en tres años este Consejo no elaboró una sola propuesta relevante.

 

Con todo respeto, el Anexo I, que suscribe el director general de la Consejería Legal de Cancillería, escribe solo enunciados; el alcance de lo que llama Estrategia “se limita al planteo de los lineamientos necesarios” (sic) y no logra siquiera ser un “Manual de Misión y Funciones y, de coordinación y ejecución de Procedimientos” y, por supuesto, no puede denominarse “Estrategia Marítima Nacional”, porque ni siquiera hace referencia alguna a la jurisdicción argentina, a la D.T.P. de la Constitución Nacional; al Art. 2º de la Ley 24.543 de ratificación de la Convención del Mar (CONVEMAR); a los art. 4º, 5º; 21º a 23º de la Ley 24.922 y muy especialmente, a las leyes de Defensa Nacional 23.554 y de Seguridad Interior 24.059 y, el Decreto 457/21 que junto al P.E.N. suscribieron los entonces Jefe de Gabinete y de Relaciones Exteriores. Este documento, en el mejor de los casos, con la corrección de las omisiones que referimos, podría denominarse como en alguna parte del Anexo se indica: Normas “para la implantación de los instrumentos obligatorios de la OMI”; aunque, en los hechos, se limita a indicar quienes son los organismos que intervienen y recordar que los recursos humanos deben capacitarse; cuestión, que cualquier organismo público debería, desde siempre, estar ejecutando.

 

¿Y qué estrategia tiene la Argentina respecto a que la OMI pudiera convalidar al RUGB en los territorios marinos argentinos en el Atlántico Suroccidental y sobre el puerto de Malvinas? ¿Y es posible que haya una estrategia de la Armada compatible con la OMI sobre las aguas ocupadas? ¿cómo se verificarían los buques procedentes de Malvinas con productos argentinos capturados ilegalmente? ¿puede tratarse de igual forma la jurisdicción argentina que la internacional y los espacios ocupados en forma prepotente por el RUGB? Sobre estas cuestiones esta Resolución de la Cancillería no emite una sola estrategia.    

 

El citado Decreto 457/21 ya indica que es voluntad política “explicitar los principales lineamientos del nivel Estratégico Nacional, en particular, la concepción y el posicionamiento estratégico que seguirán orientando y conduciendo las cuestiones relativas a la Defensa Nacional” y que “el Cono Sur se encuentra en una dinámica compleja de redefinición de sus mecanismos de cooperación e integración regional… el fortalecimiento del diálogo constructivo y la coordinación con nuestros vecinos continuarán siendo prioridades estratégicas de Argentina”.

 

No puede omitirse a la hora de elaborar una “Estrategia Marítima Nacional” que la Argentina tiene invadidos o en disputa con el Reino Unido de Gran Bretaña, unos 5.497.178 Km2, derivados de 1.639.900 Km2 ocupados de territorio marítimo e insular; 2.426.911 Km2 de territorio continental y marítimo Antártico y 1.430.367 Km2 de plataforma extendida derivada de la Ley 27.557, ya que el dictamen de la Comisión de Límites solo recomendó la aprobación de 351.633 Km2 del total reclamado por Argentina, por aplicación del Art. 76º 5 de la CONVEMAR. Por lo tanto, cualquier auditoría que se apruebe deberá contemplar una estrategia relativa a estos espacios territoriales continentales, insulares y marítimos.

 

En cualquier caso, no se trata de “asegurar (como dice la Res. 230 en su objetivo 1 del Anexo) la efectiva implantación de los instrumentos internacionales” sino de compatibilizar los instrumentos internacionales ratificados a las estrategias nacionales relativas al mar y, es, en el objetivo 2, donde omite precisar la jurisdicción y responsabilidad, limitándose a indicar “según corresponda”. Tampoco, a la hora de “Inspeccionar buques extranjeros” refiere al control de la pesca ilegal que, sin dudas, es una de las razones principales de depredación y contaminación marina y transporte ilegal. Menciona genéricamente luego en el objetivo 4 “proteger los recursos naturales en aguas de la Nación” sin referir a los migratorios que tienen origen en la Zona Económica Exclusiva Argentina y son apoderados por buques extranjeros en alta mar y en Malvinas. Finalmente, dice, la coordinación argentina será en la sede de la OMI en Londres. Es lo más preciso que tiene esta Resolución.

 

Ninguna obligación contraída con la OMI puede omitir las cuestiones observadas, ni todos los organismos que deben intervenir, porque atentaría contra la soberanía nacional, las prescripciones de la Constitución Nacional y, facilitará la injerencia prepotente del RUGB en el Atlántico Suroccidental.

 

Cuando nos lamentamos de nuestra dependencia, recordemos a Louis Pasteur (1862): “Nada se produce por generación espontánea”.