de memoria eterna a los
combatientes caídos en Malvinas
por César Augusto Lerena
Informador Público, 30-6-20
El pueblo argentino guardará
un eterno agradecimiento a quienes combatieron y, a quienes ofrendaron su vida
por defender con las armas un emblemático pedazo del territorio nacional y, en
ese espacio, la soberanía nacional, por la que lucharon nuestros héroes de la
independencia, los que consolidaron la Nación y la libertad de América. Ya se
encuentran entre ellos los héroes de Malvinas.
Los gobiernos, más tarde que
temprano, efectuaron distintos reconocimientos sociales y económicos en favor
de los Combatientes, los Caídos en Combate y sus familiares.
Todos somos potenciales
combatientes para defender la Nación, pero, hay quienes ya lo han sido, Honor y
Gloria para ellos.
La guerra por la
recuperación del Archipiélago de Malvinas constituye para los argentinos la
confrontación más importante del siglo XX contra el invasor extranjero, que
conlleva la doble y contradictoria emoción de defender orgullosamente el
sentimiento nacional, junto a la lacerante herida de la frustración de la
derrota, enmarcada, en una larga serie de fracasos sociales y económicos de la
Nación. Esto hace más noble y admirable el esfuerzo de quienes combatieron en
Malvinas y de aquellos que lo hicieron hasta perder la vida bajo la consigna
reiterada en la Canción Patria de ¡o Juremos con gloria morir!
A ello, por si faltaba poco,
se agregó, que por años se confundió la decisión y oportunidad de la
recuperación de Malvinas y, la conducción mayor de esta, con el cumplimiento
heroico del deber de oficiales, suboficiales y soldados de la Patria.
Por distintas leyes
nacionales y provinciales se reconoció y condecoró a todos los que lucharon en
la guerra por la reivindicación territorial e histórica de las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sándwich del Sur y sus espacios marítimos, aunque, muchos de
los reconocimientos sociales y económicos se extinguirán con el transcurrir de
dos generaciones y, en algunos casos, perdurarán en el ámbito íntimo de las
familias, pero es necesario que permanezcan per saecula saeculorum en las
mujeres y hombres de la Nación Argentina acompañando la voluntad expresa de la
Disposición Transitoria Primera de la Constitución Argentina por la que «La
Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las
islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e
insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional,
cuya recuperación…constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo
argentino», como una señal manifiesta, de la voluntad inquebrantable de
recuperar un territorio, incorporado secularmente a la formación de cada
argentino en la educación nacional.
Científicos, hombres de la
cultura, personajes destacados en distintas disciplinas y muchos prohombres y
militares de la patria han recibido el póstumo honor de que designen con sus
nombres plazas, calles o edificios públicos. En algunos casos se ha resaltado
con la designación del nombre el lugar donde desarrollaron sus actividades o
sucedieron los acontecimientos que dieron lugar a su notoriedad: pueblos,
hospitales, teatros, estadios, buques, aeropuertos o campos de batalla.
Durante la guerra de
Malvinas murieron 647 combatientes; de ellos 375 de la Armada Argentina; 194
del Ejército Argentino; 55 de la Fuerza Aérea Argentina; 16 civiles y 7 de la
Gendarmería Nacional. Héroes nacionales contemporáneos, que el conjunto de los
argentinos debe honrar, por ofrendar generosa y valientemente, su vida a la
Nación. A ello, se podrían añadir otros argentinos que con motivo de secuelas
derivadas de la guerra murieron en años posteriores a ella y, designar con sus
nombres los distintos accidentes geográficos del Archipiélago de Malvinas;
pudiéndose también agregar, a aquellos argentinos fallecidos que tuvieron una
destacada actuación durante de la guerra o a quienes mediante sus acciones
sostuvieron a través de los años en la memoria del pueblo argentino la “Causa
Malvinas”.
Por Resolución Conjunta de
los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Culto y, de
Defensa el 10 de noviembre de 2000, se creó la «Comisión Interministerial para
el Análisis de la Toponimia en las Islas Malvinas», integrada por el Director
General de Malvinas y Atlántico Sur; el Director del Instituto Geográfico
Nacional y, el Director del Servicio de Hidrografía Naval.
En base al Sistema de
Información Geográfica del Instituto Geográfico Nacional y los datos
geográficos e hidrográficos del Servicio de Hidrografía Naval se efectuó el
relevamiento de las fuentes documentales históricas, geográficas y
cartográficas que fundamentan la imposición y utilización de cada nombre
geográfico argentino y la determinación de las coordenadas exactas de cada
accidente geográfico nominado en las Islas Malvinas.
La Dirección de Geografía
del Instituto Geográfico Nacional, en conjunto con el área de Toponimia del
Servicio de Hidrografía Naval, confeccionó el nomenclátor normalizado de la
toponimia de las Islas Malvinas que contiene entre otros datos, los nombres
específicos, el término o lugar genérico, las coordenadas geográficas y, la
ubicación geográfica.
Puede observarse en ese
Nomenclátor o Catálogo de nombres geográficos de las Islas Malvinas que se
consignan en su gran mayoría nombres comunes (Por ej. aguda, nuevo, oeste, de
la leña, caballo, cuarta, culebra, del aceite, de la barra, etc.), y en el caso
de los nombres propios, solo unos pocos están referidos a personas que han
tenido un estrecho vínculo con Malvinas (por ej. Vernet, Beauchéne, etc.).
Persisten también algunos nombres ingleses de dudosa justificación, que deben
ser revisados, ya que se trata no solo de rendir un justo homenaje, sino
también de resaltar la cultura nacional, en estos espacios ocupados en forma
prepotente.
En función de ello, el
Congreso de la Nación debiera sancionar una «Ley de Toponimia de las Islas
Malvinas en homenaje y Memoria de los Argentinos Caídos en Malvinas», a quienes
combatieron y fallecieron en la guerra de Malvinas, denominándose con sus
nombres a todas las islas, islotes, penínsulas, peñascos, barrancos,
promontorios, puntas, cabos, arrecifes, rocas, bancos, playas, bahías, golfos,
brazos, ensenadas, radas, rías, senos, ríos, arroyos, lagos, lagunas,
estrechos, caletas, canales, fondeaderos, puertos, muelles, espigones, picos,
montañas, montes, cerros, morros, lomas, prados, valles, abras, bajos, hoyas,
rincones, pasajes, pasos, rutas, caminos, puentes, aeropuertos, aeródromos,
pistas de aterrizajes, localidades, establecimientos, colonias, caseríos,
parajes, corrales, otros accidentes geográficos del Archipiélago de Malvinas y
los espacios marítimos circundantes (Art. 1º).
Para ello debería crearse la
Comisión de Toponimia de las Islas Malvinas la que en el término de un año
debería elevar para aprobación del Poder Ejecutivo Nacional los nombres propios
propuestos (Art. 2º).
La Comisión de Toponimia de
las Islas Malvinas debería integrarse con el Ministro de Relaciones Exteriores,
Comercio Exterior y Culto o su delegado; el Ministro de Defensa o su delegado;
el Secretario de Malvinas y Atlántico Sur del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Comercio Exterior y Culto; el Gobernador de la Provincia de Tierra
del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o su delegado; el Director del
Instituto Geográfico Nacional; el Director del Servicio de Hidrografía Naval;
el Presidente de la Asociación Argentina de Investigadores de Historia; el
Presidente de la Sociedad Argentina de Estudios Geográficos, tres
representantes nacionales de los ex Combatientes de Malvinas y tres
representantes de los Familiares de los Caídos en Combate (Art. 3º).
Se debería tomar como
referencia para la tarea de denominación prevista, la Base de Datos de Nombres
Geográficos de las Islas Malvinas elaborada por la Dirección de Geografía del
Instituto Geográfico Nacional, junto con el área de Toponimia del Servicio de
Hidrografía Naval, quienes confeccionaron el Nomenclátor de las Islas Malvinas
que incluye unos 700 topónimos normalizados, conteniendo el término específico,
el genérico, las coordenadas geográficas y la descripción de localización, cuya
copia junto al correspondiente reemplazo debería formar parte del proyecto de
Ley que se propicia (Art. 4º).
La Comisión debería
determinar también aquellos lugares que podrían mantener sus actuales
denominaciones, fundadas en razones históricas, culturales, o porque pudiesen
ser referencias específicas a combates librados por los combatientes
argentinos.
Gloria y Honor a los
Combatientes de Malvinas y agradecimiento y memoria eterna a los que murieron
defendiendo la Soberanía Nacional.
Dr. César Augusto Lerena*
*Experto en Atlántico Sur y
Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex
Profesor Universidad UNNE y FASTA, Ex Asesor de la Cámara de Diputados de la
Nación y en el Senado de la Nación, Consultor, autor de 25 libros (entre ellos
“Atlántico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera”, 2019).