sábado, 2 de enero de 2021

AJUSTE JUBILATORIO

 


 PARA PAGAR LA DEUDA PÚBLICA

Por Héctor GIULIANO (1.1.2021)

 

En línea con las exigencias del Fondo Monetario Internacional (FMI) de reducir el Déficit Previsional Argentino – como parte de la Política de Ajuste en curso para poder pagar los servicios de la Deuda Financiera del Estado - el gobierno Fernández-Fernández (FF) logró el 29.12 pasado la aprobación de una Ley del Congreso que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria vigente eliminando la actualización por concepto de Inflación.

Fue el mismo día en que mientras la Cámara de Diputados aprobaba finalmente este Proyecto del Ejecutivo de rebaja de las jubilaciones por sub-indexación frente al aumento de los precios, la atención de la opinión pública estaba polarizada en la votación de la Ley que despenaliza el asesinato del Niño por Nacer, iniciativa tratada en paralelo a instancias del Oficialismo.

Cabe guardar memoria de que, además de la responsabilidad directa de los legisladores que votaron a favor de estos proyectos, los titulares de las dos cámaras – Sergio Massa en Diputados y Cristina Fernández de Kirchner en Senado – fueron auspiciantes de ambas iniciativas del Gobierno convertidas en Ley el mismo día.

 

REBAJA DE LAS JUBILACIONES

La política de cuarentena aplicada durante el 2020 por el gobierno FF con el argumento de la pandemia de Covid 19 en la Argentina – que sería aquí la más larga del Mundo – coincide sintomáticamente con la Política de Ajuste pactada según el Acuerdo Stand-By (SBA) firmado con el FMI por la administración Macri, pese a que en este momento dicho arreglo se encuentra suspendido en su ejecución mientras se negocia uno nuevo.

El SBA del 2018 implicaba medidas de Ajuste según la clásica “receta recesiva” del FMI – hoy reformulada con el aditamento de algunas medidas de asistencia social compensatorias del Ajuste – y el compromiso de tres Reformas Estructurales, que siguen presentes en las negociaciones con el Fondo y que en la práctica se están instrumentando:[1]

1. La llamada Reforma Laboral, un eufemismo para enmascarar la Política de Reducción de los Salarios Reales de los Trabajadores a través de la Inflación (por desfase entre Precios y Salarios), de la aplicación retardada y en cuotas de los aumentos por paritarias e incluso de acuerdos formales de rebaja de los Sueldos Nominales entre Sindicatos y Empresas  (caso Acuerdo CGT-UIA).

El aumento de la Pobreza e Indigencia por Desempleo y Sub-ocupación, proveniente de la gestión Macri pero además derivado de la Política de Ajuste bajo Cuarentena por Coronavirus, ha sido uno de los factores clave dentro de esta Política de rebaja de los Salarios.

2. La denominada Reforma Previsional, cuyo objeto real – como en el caso de los Agentes de la Administración Pública, según el punto anterior - es obtener una reducción del Gasto Público por menores pagos de Jubilaciones, Pensiones y Planes Sociales.

Para ello, el presidente Fernández suspendió durante el 2020 la aplicación de la fórmula legal de Movilidad Jubilatoria vigente reemplazándola por aumentos discrecionales inferiores a la Inflación, que fueron fijados por Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y que le significaron al Fisco el ahorro de unos 100.000 M$[2], a costa de los jubilados.

La Ley 27.426 – de Diciembre de 2017 – establecía la indexación de los haberes jubilatorios en un 70 % por Inflación Minorista (IPC) y en un 30 % por variación Salarial.

La nueva fórmula aprobada ahora por el gobierno FF modifica dicho ajuste a un 50 % en función de la Recaudación Fiscal de la ANSES (es decir, se abona según lo que ingresa) y el otro 50 % por Paritarias (incrementos promedio de los Salarios Activos).

Con esta medida se garantiza que los haberes del Sector Pasivo no tengan un recupero directo frente a la Inflación de nuestro país – que está entre las más altas del Mundo - lo que implica una rebaja de las jubilaciones en términos reales y también nominales por Ley del Congreso.

Eliminar el ajuste inflacionario en la fórmula de actualización de haberes en un país de alta inflación constituye una agresión impune al bolsillo de los jubilados argentinos.[3]

La pérdida de las jubilaciones contra la Inflación habría sido - en base a datos oficiales – de 20 puntos porcentuales durante el período Macri 2018-2019 (más otro 6 % de pérdida por desfase de aplicación en contra del Sector Pasivo de la Ley 27.426) y se estima que podría ser otro 10-15 % entre 2020-2021. 

Un gravísimo proceso que carcome los poderes de compra reales a través de estas políticas de sub-indexación y/o desfase entre Precios y Salarios que se viene cumpliendo en tándem bajo las administraciones Macri y Fernández.

 

MITOS Y REALIDADES SOBRE EL DÉFICIT PREVISIONAL

Los Organismos Financieros Internacionales (OFI) – con el FMI a la cabeza – los sucesivos gobiernos locales y los economistas del establishment vienen repitiendo a coro que el desbalance del Sistema Previsional es la principal causa del Déficit Fiscal de la Argentina pero ello no es tan así:

a) Normalmente se confunde – y se confunde deliberadamente – el Gasto Público Social (GPS) con el Gasto específicamente Previsional (GEP), que no es lo mismo.

b) El Resultado del Sistema Previsional es la diferencia entre el GEP y los Recursos por Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social (SS) o ACSS.

c) Según la Ley 27.591, de Presupuesto 2021, el Gasto por Prestaciones Previsionales (GEP) es de unos 2.7 B$ pero los ingresos de la ANSES por ACSS suman 1.8 B$, por lo que el Déficit o saldo negativo del Sistema es de unos 900.000 M$ (unos 8.800 MD), equivalentes al 10.7 % del Gasto Público Total (GPT), que es de 8.4 B$ o – medido sólo como Gasto: GEP / GPT – un 32.1 % (2.7 B$ / 8.4 B$).

d) El Gasto Social (GPS) para el 2021 suma unos 4.0 B$, que es el 47.1 % del GPT, pero esto ya es otra cosa, mucho más amplia.

e) Por Intereses de la Deuda Pública – el Capital no se abona sino que se refinancia íntegramente - está previsto pagar el año 2021 665.000 M$ (≡ 6.500 MD, al tipo de cambio de 102.4 $/US$): un 8 % del GPT (cercano al 10.7 % del Resultado Neto de la SS).

f) Con la importante aclaración de que estos números no son muy ilustrativos de las relaciones de Gasto Público porque corresponden a un Presupuesto 2021  poco representativo, incompleto y muy discutible en cuanto a sus cifras, que fueron calculadas bajo el supuesto de una Inflación del 29 % anual y un Dólar a 102.40 $/US$ al fin del Ejercicio.

g) Los Intereses de la Deuda este año (2021) no están en claro porque no se conoce el monto real de los intereses a pagar tanto a los Fondos Buitre (FB) - según los arreglos de Agosto pasado - como al FMI (que reclama unos 5.000 MD acumulados sobre su préstamo SBA de 44.000 MD al gobierno Macri) y, sobre todo, por los intereses que se difieren porque capitalizan por anatocismo.

h) Según el Presupuesto 2020 – Ley 27.561 – los Intereses a Pagar durante el año que acaba de terminar eran de 1.2 B$ (≡ 18.000 MD, al tipo de cambio proyectado de 67.11 $/US$) y el Déficit Previsional Neto (2.4 B$ de Prestaciones – 1.8 B$ de Ingresos) era la mitad de esos intereses: 600.000 M$ (≡ 9.000 MD).

Ergo, se habla mucho y se lamenta el peso del Gasto Público Previsional pero no se dice nada del Gasto Público por Intereses a Pagar.

 

CONCLUSIONES

La rebaja masiva de los haberes jubilatorios por parte del gobierno FF que acaba de convertirse en Ley del Congreso – el mismo día en que se aprobaba la Ley del Aborto y que paralelamente se iniciaba la campaña de vacunas experimentales para millones de argentinos – es parte del mecanismo de rebaja de salarios, jubilaciones y planes sociales en términos reales, esto es, por aumentos inferiores a la Inflación.

Esta política de reducción generalizada de las remuneraciones netas activas y pasivas del Estado, así como de las partidas para la asistencia social conexas al sistema previsional, son parte de las exigencias del FMI a la anterior administración Macri y a la actual FF.

Se trata de dos condicionamientos clave del FMI que el gobierno FF tiene que cumplir para poder garantizar el cumplimiento de los acuerdos con los FB firmado en Agosto y el nuevo arreglo con el FMI, además del resto de los OFI (incluyendo al Club de París).

Y de esta manera, si el actual gobierno FF cumple con el ajuste exigido tendría allanado el camino para regresar al Mercado Internacional de Capitales; precisamente para volver a endeudarse.

 

 



[1] La Tercera de estas Reformas Estructurales del FMI, la Reforma Tributaria – Impositiva y Previsional – está en manos de una comisión interna del gobierno que trabaja en secreto y por ende todavía no se conocen ni siquiera en sus lineamientos generales, por lo que no será tocada en esta oportunidad.

[2] Las abreviaturas M$/MD y B$ significan Millones de Pesos/Dólares y Billones de $ respectivamente y se expresan siempre con redondeo, por lo que pueden darse mínimas diferencias entre totales y sumatoria de términos.

En algunos casos, estos importes se muestran con equivalencia (≡) entre Pesos y Dólares.

[3] La relación entre la actual Jubilación Mínima – de 19.000 $/Mes – y la Canasta Básica calculada para un Jubilado – que es de 49.000 $ - significa que el 75 % de los pasivos cobran hoy una jubilación mínima que es menos de la mitad de su Canasta Básica.  

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