PARA
PAGAR LA DEUDA PÚBLICA
Por Héctor GIULIANO
(1.1.2021)
En línea con las
exigencias del Fondo Monetario Internacional (FMI) de reducir el Déficit
Previsional Argentino – como parte de la Política de Ajuste en curso para poder
pagar los servicios de la Deuda Financiera del Estado - el gobierno
Fernández-Fernández (FF) logró el 29.12 pasado la aprobación de una Ley del
Congreso que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria vigente eliminando la
actualización por concepto de Inflación.
Fue el mismo día en que
mientras la Cámara de Diputados aprobaba finalmente este Proyecto del Ejecutivo
de rebaja de las jubilaciones por sub-indexación frente al aumento de los
precios, la atención de la opinión pública estaba polarizada en la votación de
la Ley que despenaliza el asesinato del Niño por Nacer, iniciativa tratada en
paralelo a instancias del Oficialismo.
Cabe guardar memoria de
que, además de la responsabilidad directa de los legisladores que votaron a
favor de estos proyectos, los titulares de las dos cámaras – Sergio Massa en
Diputados y Cristina Fernández de Kirchner en Senado – fueron auspiciantes de
ambas iniciativas del Gobierno convertidas en Ley el mismo día.
REBAJA DE LAS
JUBILACIONES
La política de
cuarentena aplicada durante el 2020 por el gobierno FF con el argumento de la
pandemia de Covid 19 en la Argentina – que sería aquí la más larga del Mundo –
coincide sintomáticamente con la Política de Ajuste pactada según el Acuerdo
Stand-By (SBA) firmado con el FMI por la administración Macri, pese a que en
este momento dicho arreglo se encuentra suspendido en su ejecución mientras se
negocia uno nuevo.
El SBA del 2018
implicaba medidas de Ajuste según la clásica “receta recesiva” del FMI – hoy
reformulada con el aditamento de algunas medidas de asistencia social
compensatorias del Ajuste – y el compromiso de tres Reformas Estructurales, que
siguen presentes en las negociaciones con el Fondo y que en la práctica se
están instrumentando:[1]
1. La llamada Reforma
Laboral, un eufemismo para enmascarar la Política de Reducción de los Salarios
Reales de los Trabajadores a través de la Inflación (por desfase entre Precios
y Salarios), de la aplicación retardada y en cuotas de los aumentos por
paritarias e incluso de acuerdos formales de rebaja de los Sueldos Nominales
entre Sindicatos y Empresas (caso
Acuerdo CGT-UIA).
El aumento de la
Pobreza e Indigencia por Desempleo y Sub-ocupación, proveniente de la gestión
Macri pero además derivado de la Política de Ajuste bajo Cuarentena por
Coronavirus, ha sido uno de los factores clave dentro de esta Política de
rebaja de los Salarios.
2. La denominada
Reforma Previsional, cuyo objeto real – como en el caso de los Agentes de la
Administración Pública, según el punto anterior - es obtener una reducción del
Gasto Público por menores pagos de Jubilaciones, Pensiones y Planes Sociales.
Para ello, el
presidente Fernández suspendió durante el 2020 la aplicación de la fórmula
legal de Movilidad Jubilatoria vigente reemplazándola por aumentos
discrecionales inferiores a la Inflación, que fueron fijados por Decretos de
Necesidad y Urgencia (DNU) y que le significaron al Fisco el ahorro de unos
100.000 M$[2],
a costa de los jubilados.
La Ley 27.426 – de
Diciembre de 2017 – establecía la indexación de los haberes jubilatorios en un
70 % por Inflación Minorista (IPC) y en un 30 % por variación Salarial.
La nueva fórmula
aprobada ahora por el gobierno FF modifica dicho ajuste a un 50 % en función de
la Recaudación Fiscal de la ANSES (es decir, se abona según lo que ingresa) y
el otro 50 % por Paritarias (incrementos promedio de los Salarios Activos).
Con esta medida se
garantiza que los haberes del Sector Pasivo no tengan un recupero directo frente
a la Inflación de nuestro país – que está entre las más altas del Mundo - lo
que implica una rebaja de las jubilaciones en términos reales y también
nominales por Ley del Congreso.
Eliminar el ajuste
inflacionario en la fórmula de actualización de haberes en un país de alta
inflación constituye una agresión impune al bolsillo de los jubilados
argentinos.[3]
La pérdida de las
jubilaciones contra la Inflación habría sido - en base a datos oficiales – de
20 puntos porcentuales durante el período Macri 2018-2019 (más otro 6 % de
pérdida por desfase de aplicación en contra del Sector Pasivo de la Ley 27.426)
y se estima que podría ser otro 10-15 % entre 2020-2021.
Un gravísimo proceso
que carcome los poderes de compra reales a través de estas políticas de
sub-indexación y/o desfase entre Precios y Salarios que se viene cumpliendo en
tándem bajo las administraciones Macri y Fernández.
MITOS Y REALIDADES
SOBRE EL DÉFICIT PREVISIONAL
Los Organismos
Financieros Internacionales (OFI) – con el FMI a la cabeza – los sucesivos
gobiernos locales y los economistas del establishment vienen repitiendo a coro
que el desbalance del Sistema Previsional es la principal causa del Déficit
Fiscal de la Argentina pero ello no es tan así:
a) Normalmente se
confunde – y se confunde deliberadamente – el Gasto Público Social (GPS) con el
Gasto específicamente Previsional (GEP), que no es lo mismo.
b) El Resultado del
Sistema Previsional es la diferencia entre el GEP y los Recursos por Aportes y
Contribuciones de la Seguridad Social (SS) o ACSS.
c) Según la Ley 27.591,
de Presupuesto 2021, el Gasto por Prestaciones Previsionales (GEP) es de unos
2.7 B$ pero los ingresos de la ANSES por ACSS suman 1.8 B$, por lo que el
Déficit o saldo negativo del Sistema es de unos 900.000 M$ (unos 8.800 MD),
equivalentes al 10.7 % del Gasto Público Total (GPT), que es de 8.4 B$ o –
medido sólo como Gasto: GEP / GPT – un 32.1 % (2.7 B$ / 8.4 B$).
d) El Gasto Social
(GPS) para el 2021 suma unos 4.0 B$, que es el 47.1 % del GPT, pero esto ya es
otra cosa, mucho más amplia.
e) Por Intereses de la
Deuda Pública – el Capital no se abona sino que se refinancia íntegramente -
está previsto pagar el año 2021 665.000 M$ (≡ 6.500 MD, al tipo de cambio de
102.4 $/US$): un 8 % del GPT (cercano al 10.7 % del Resultado Neto de la SS).
f) Con la importante
aclaración de que estos números no son muy ilustrativos de las relaciones de
Gasto Público porque corresponden a un Presupuesto 2021 poco representativo, incompleto y muy
discutible en cuanto a sus cifras, que fueron calculadas bajo el supuesto de
una Inflación del 29 % anual y un Dólar a 102.40 $/US$ al fin del Ejercicio.
g) Los Intereses de la
Deuda este año (2021) no están en claro porque no se conoce el monto real de
los intereses a pagar tanto a los Fondos Buitre (FB) - según los arreglos de
Agosto pasado - como al FMI (que reclama unos 5.000 MD acumulados sobre su
préstamo SBA de 44.000 MD al gobierno Macri) y, sobre todo, por los intereses
que se difieren porque capitalizan por anatocismo.
h) Según el Presupuesto
2020 – Ley 27.561 – los Intereses a Pagar durante el año que acaba de terminar
eran de 1.2 B$ (≡ 18.000 MD, al tipo de cambio proyectado de 67.11 $/US$) y el
Déficit Previsional Neto (2.4 B$ de Prestaciones – 1.8 B$ de Ingresos) era la
mitad de esos intereses: 600.000 M$ (≡ 9.000 MD).
Ergo, se habla mucho y
se lamenta el peso del Gasto Público Previsional pero no se dice nada del Gasto
Público por Intereses a Pagar.
CONCLUSIONES
La rebaja masiva de los
haberes jubilatorios por parte del gobierno FF que acaba de convertirse en Ley
del Congreso – el mismo día en que se aprobaba la Ley del Aborto y que
paralelamente se iniciaba la campaña de vacunas experimentales para millones de
argentinos – es parte del mecanismo de rebaja de salarios, jubilaciones y
planes sociales en términos reales, esto es, por aumentos inferiores a la
Inflación.
Esta política de
reducción generalizada de las remuneraciones netas activas y pasivas del
Estado, así como de las partidas para la asistencia social conexas al sistema
previsional, son parte de las exigencias del FMI a la anterior administración
Macri y a la actual FF.
Se trata de dos
condicionamientos clave del FMI que el gobierno FF tiene que cumplir para poder
garantizar el cumplimiento de los acuerdos con los FB firmado en Agosto y el
nuevo arreglo con el FMI, además del resto de los OFI (incluyendo al Club de
París).
Y de esta manera, si el
actual gobierno FF cumple con el ajuste exigido tendría allanado el camino para
regresar al Mercado Internacional de Capitales; precisamente para volver a
endeudarse.
[1] La Tercera de estas Reformas
Estructurales del FMI, la Reforma Tributaria – Impositiva y Previsional – está
en manos de una comisión interna del gobierno que trabaja en secreto y por ende
todavía no se conocen ni siquiera en sus lineamientos generales, por lo que no
será tocada en esta oportunidad.
[2] Las abreviaturas M$/MD y B$
significan Millones de Pesos/Dólares y Billones de $ respectivamente y se
expresan siempre con redondeo, por lo que pueden darse mínimas diferencias
entre totales y sumatoria de términos.
En
algunos casos, estos importes se muestran con equivalencia (≡) entre Pesos y
Dólares.
[3] La relación entre la actual
Jubilación Mínima – de 19.000 $/Mes – y la Canasta Básica calculada para un
Jubilado – que es de 49.000 $ - significa que el 75 % de los pasivos cobran hoy
una jubilación mínima que es menos de la mitad de su Canasta Básica.
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