lunes, 16 de noviembre de 2020

DEUDA EXTERNA



Y RENDICIÓN ANTE EL FMI

 

Por Héctor GIULIANO

(14.11.2020)

 

Después de la rendición financiera y jurídica de Agosto pasado ante los Fondos Buitre (FB) que pactaron con el gobierno Macri, la nueva administración Fernández-Fernández (FF) se apresta a suscribir un nuevo Acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para institucionalizar la Política de Ajuste Fiscal que garantice el pago de la Deuda Externa de la Argentina.

La gestión de la actual administración completa así el trabajo en tándem de convalidar lo actuado bajo el período macrista reforzando los compromisos asumidos por el anterior gobierno.

Se cumple con ello una regla clásica por la cual los gobiernos neoliberales dejan armado los esquemas de re-endeudamiento y luego vienen los gobiernos social-demócratas, que se lamentan por la “herencia recibida” pero la terminan instrumentando e institucionalizándola.

 

LA CONSPIRACIÓN MACRI 

En línea con lo que venimos sosteniendo desde el momento en que estos hechos se fueron dando, definimos conspiración Macri el conjunto de políticas llevadas a cabo durante su gestión 2015-2019 en coordinación con una serie de Fondos de Inversión (FI) Internacionales – en la jerga práctica, FB - y grandes Bancos (extranjeros y locales) para generar una nueva ola de endeudamiento externo sin capacidad de repago que inaugurase otra etapa de dependencia financiera de nuestro país y garantizase que tal esquema condicionara las acciones del nuevo gobierno electo en Diciembre pasado.

Esta tarea fue realizada a través de la coordinación entre las autoridades – cuyo funcionariado superior estaba integrado por profesionales provenientes de la Banca Acreedora - el FMI que actuó como sostenimiento financiero y político de la supervivencia del gobierno Macri para que éste pudiera completar su mandato y una serie de FB que irrumpieron particularmente con la Crisis de Deuda provocada en Abril de 2018 y el desequilibrio cambiario derivado de la misma.

Macri vino a Gobernar con Deuda y en dos años de endeudamiento sistemático e irresponsable, sin la más mínima demostración de capacidad de repago, llevó el país al Default, una situación de Iliquidez e Insolvencia del Estado frente a su Deuda Pública impagable convertida en instrumento de Dominio y Dependencia Financiera no reversible.

Entre 2015 y 2019 – según los cuadros anuales de Flujos y Variaciones del Ministerio de Economía (MECON) - la Deuda Pública Argentina aumentó en 167.500 MD[1] pero, fundamentalmente por efecto de las macro-devaluaciones producidas durante el período, esos incrementos de la Deuda se licuaron en 84.200 MD quedando de este modo el endeudamiento neto “reducido” a la mitad: 82.500 MD.

Este proceso corresponde a la pérdida de valor de la Deuda en Pesos expresada en Moneda Extranjera (principalmente en Dólares).

El agravamiento de la situación era claramente perceptible para el Mercado Financiero y para los Organismos Multilaterales de Crédito – empezando por el FMI – que no podían desconocer este proceso así como esta nueva Crisis de Deuda por la citada Iliquidez e Insolvencia de la Argentina.

Macri, enfrentado en Abril de 2018 con la noticia de que los Acreedores Externos cortaban en forma abrupta el refinanciamiento de vencimientos de Deuda y que Fondos de Inversión y Bancos que operaban en la plaza local – con el Morgan Stanley a la cabeza – iniciaban un fuerte retiro de fondos, en lugar de abrir la debida convocatoria ante la gravedad de los hechos decide, en cambio, pedir una ayuda extraordinaria al FMI para no interrumpir el pago de los servicios de la Deuda Pública.

Para ello, el FMI le concede con celeridad el préstamo más grande de su Historia y de la Historia Financiera Argentina, por valor de 57.000 MD – 11 veces el importe de su cuota aporte – a través de un Crédito Stand-By a tres años de plazo, con pagos mínimos a partir del 2021 y el grueso de las devoluciones en el bienio 2022-2023 (por 23-22.000 MD por año), amortizaciones sobre las que nuestro país no ofrecía demostración alguna de capacidad de repago.

Estos fondos – que totalizaron desembolsos por 44 de los 57.000 MD otorgados – fueron utilizados por el gobierno Macri más de la mitad en la venta de divisas por parte del Banco Central (BCRA) para sostener el tipo de Cambio y el resto para mantener los pagos mínimos de intereses a los Acreedores mientras se refinanciaba y/o re-perfilaba la mayoría de los vencimientos de Capital o Principal.

Tal utilización de fondos prestados  por el Organismo Internacional para atender corridas cambiarias está expresamente vedada según el Artículo VI del Estatuto del Fondo.

Lo que implica que el gobierno Macri no sólo solicitó y obtuvo una Deuda extra-ordinaria que no se podía pagar sino que además lo hizo – de común acuerdo con el FMI – desviando la mayoría de los desembolsos a un destino prohibido por las reglas de los préstamos del Organismo.

Como agravante, la administración Macri desde las PASO de Agosto de 2019 pateó unilateralmente para adelante – es decir, al nuevo gobierno que iba a ser electo en Octubre – vencimientos de Deuda con Acreedores Privados (en su mayoría, FB que entraron a comprar Deuda Argentina que había caído a valor de Bonos-Basura del 35-30 % de su Valor Nominal) por entre 12.500 y 14.000 MD, que caían así entre Diciembre de ese año y Febrero del 2020.

En síntesis, que la tríada Macri-FB-FMI dejó armada una nueva situación de macro-endeudamiento a corto plazo que se traspasaba a la próxima administración de gobierno.

 

EL NUEVO ACUERDO Y SUS CONDICIONALIDADES

La actual Misión del FMI a cargo de las negociaciones con la Argentina está compuesta por la Sub-Directora del Departamento Hemisferio Occidental del Fondo, Julie Kozak, el Jefe de la Misión Argentina, Luis Cubeddu y el representante asignado a nuestro país, Trevor Alleyne.

Este Equipo vino a Buenos Aires a mediados de Octubre pasado “en misión exploratoria” – según dijo, para “ver y escuchar” in situ – y quedó en que volvía hacia el 15 de Noviembre para negociar en concreto, fecha que se adelantó unos días, coincidente con el tratamiento final del Presupuesto 2021, que es el documento oficial donde debieran constar las medidas gubernamentales que se tomarán en cuenta para el nuevo Acuerdo con el FMI.     

Las negociaciones en curso con esta Misión del FMI están piloteadas formalmente por el Ministro Guzmán, parten de la base de un allanamiento del gobierno FF a lo actuado por la administración Macri y omiten todo cuestionamiento al irregular comportamiento seguido por las autoridades del Fondo.

Los puntos más importantes de la posición del gobierno Fernández en este sentido son:

1. No cuestionar el hecho de que el gobierno Macri haya contraído una nueva y extraordinaria Deuda Impagable con el FMI, que el Fondo la haya aprobado sin demostración alguna de capacidad de repago y que lo hizo con el pre-conocimiento de que esas obligaciones debían ser atendidas por un nuevo gobierno electo y bajo circunstancias de incertidumbre acerca de la posición que adoptaría ese futuro gobierno al respecto.

2. El Acuerdo Stand-By (SBA) no encuadraba en las condiciones aceptables de la Economía Argentina ni dentro de los términos de la Revisión anual que establece el Artículo IV del Estatuto del FMI y además se produjo un desvío de los fondos prestados violando los términos del Artículo VI en cuanto a la prohibición de uso de las divisas para atender corridas cambiarias.

3. La co-responsabilidad FMI-Macri alcanzaba directamente a la imposibilidad de cumplir con los grandes vencimientos del período de reembolso 2022-2023 y comprometía disponibilidades impredecibles de fondos de los ejercicios pluri-anuales a cargo de la gestión del nuevo gobierno.

Parte de estos hechos fue mencionada por el presidente Fernández en más de una oportunidad, cuando se refiriera a la co-responsabilidad del FMI, a la fuga de capitales que se dio alimentada con las divisas prestadas por el Fondo, a la citada violación del artículo VI y a la gravedad del cuadro financiero dejado por la administración Macri pero – más allá de declaraciones aisladas y/o dichos a través de entrevistas periodísticas – no consta que el actual gobierno haya planteado formalmente tales objeciones al Organismo.

Por el contrario, tanto el gobierno Fernández como la Directora-Gerente del FMI Kristalina Georgieva, hicieron y hacen referencia continuamente a la coincidencia de enfoques sobre el nuevo Acuerdo en curso, a la buena voluntad de asistencia y comprensión del Fondo y a las buenas relaciones con el organismo y su misión negociadora en la Argentina.

Empero, cuando del plano de las declaraciones pasamos a los hechos concretos resulta que ese supuesto benévolo cambio del FMI hacia la Argentina, analizado a la luz de las “señales” de cambio del gobierno Fernández mientras se debate el PL de Presupuesto 2021, no resulta tan “positivo” para la Argentina.

Casos concretos al respecto:

a) El Déficit Fiscal del  año que viene estaba previsto financiarlo 60 % con Emisión Monetaria y 40 % con Nueva Deuda Pública pero ahora se haría a la inversa: 60 % con Deuda y 40 con Emisión. Es decir, bajo compromiso de mayor Endeudamiento.

b) Pese al Acuerdo de Agosto con los FB – y sin contar aún los resultados del futuro arreglo con el FMI - el PL contempla un aumento neto de la Deuda Pública durante el Ejercicio 2021 de 18.500 MD (61.500 de Endeudamiento menos 43.000 de Amortizaciones de Vencimientos durante el Ejercicio).

c) A esto hay que agregarle el arrastre del incremento previo de la Deuda que se estaría produciendo este año, dada la necesidad de colocar obligaciones y/o emitir dinero  para cubrir las Necesidades de Financiamiento de un Déficit Fiscal Total del 2020 que llegaría a unos 40.000 MD.

d)  El gobierno Fernández continúa administrando el proceso de caída de los Salarios Reales por efecto de la alta Inflación, por el hecho que los aumentos según paritarias se producen a posteriori y en cuotas, y porque ha quedado institucionalizada la Política de que los Salarios sigan aumentando por debajo de la Inflación.

Con el agravante que, acuerdo Gobierno-CGT-UIA mediante, se ha pactado incluso la rebaja de hasta un 25 % en los Salarios Nominales de gran parte de los trabajadores.

Con lo que se da cumplimiento de hecho a la llamada eufemísticamente Reforma Laboral requerida por el Acuerdo Stand-By (SB) de Junio 2018, cuyo objetivo directo y primario es reducir el costo de la Mano de Obra en beneficio de las Empresas y del propio Estado como empleador masivo.

e) Paralelamente, también en línea con el requerimiento firmado por Macri con el Fondo sobre la denominada Reforma Previsional – punto segundo del SBA 2018 - cuyo objetivo es reducir el Gasto Público por Jubilaciones / Pensiones, a la reducción de gastos relativa por efecto de la Inflación se le suma aquí la reducción de los Haberes Nominales: primero por suspensión de la Fórmula Legal de Ajuste o Movilidad Jubilatoria – que fue reemplazada por el gobierno FF con aumentos discrecionales menores vía DNU – y ahora directamente proponiendo ante el Congreso la rebaja formal por exclusión de la Inflación como factor de corrección para los futuros aumentos y con la extensión del plazo de las actualizaciones de 3 a 6 meses.

Un mecanismo que va contra la lógica del Sistema de Reparto – basado en la devolución de los aportes realizados durante la vida activa del trabajador – y que constituye un verdadero robo a los jubilados, usado para poder cumplir con el pago de servicios de la Deuda Pública.

f) Falta todavía conocer la prometida Reforma Impositiva – la Tercera de las Reformas Estructurales pactadas por Macri y todavía pendiente de instrumentación por el actual gobierno FF – cuyos lineamientos se mantienen en secreto y que serían presentados como PL aparte a posteriori de la aprobación del Presupuesto 2021.

g) Cabiendo recordar que el Acuerdo de Facilidades Extendidas (EFF) que actualmente se negocia con el FMI mantiene lógicamente éstas y otras reformas ya convenidas – que no mueren en la sola rebaja de remuneraciones a la población sino que abarcan también cuestiones de Flexibilización Laboral y Empleo, cambios del Régimen Previsional, Políticas de Género, Reformas Institucionales, Gobernanza y otros temas, todos las cuales se encuentran todavía en estado de negociación y se irán conociendo de a poco.

h) Aumentos por descongelamiento de Precios / Tarifas de Servicios Públicos sobre la Población para compensar la reducción del Gasto Público por Subsidios (principalmente destinados a Transporte y Energía).

i) Diversificación de los Títulos Públicos colocados por el Tesoro dando lugar a mayor emisión de Deuda Pública Dolarizada: Bonos en Dólares y/o Bonos en Pesos ajustados por Tipo de Cambio (una medida contraria a la declarada por el ministro Guzmán en el sentido de buscar crear un Mercado de Deuda Local en Pesos).

j) Instrumentación práctica del punto a) reduciendo la financiación por parte del Banco Central (BCRA) vía Adelantos Transitorios al Tesoro (AT) y/o Transferencia de Utilidades no genuinas del Patrimonio Neto del Banco, para aumentar consecuentemente la proporción de financiamiento con Deuda del Estado.

k) Aumento de las Tasas de Interés por Pasivos Remunerados del BCRA - Leliq y Pases Pasivos (PP) - en beneficio del negociado permanente (Macri-Fernández) de los capitales especulativo-financieros de FB canalizados por los principales bancos de plaza.

l) Propósito de estabilización del tipo de cambio – contra dólares paralelos tolerados abiertamente por las autoridades – a través de costosas intervenciones de un BCRA carente de Reservas Netas y Líquidas, de venta de Títulos Públicos en dólares que están en cartera de Organismos del Estado (empezando por la ANSES y el BCRA) malvendiéndolos al 40 % de su Valor Nominal; y de nuevas subas extraordinarias de las Tasas de Interés que paga el BCRA por Leliq y PP.

m) Posibilidad – debido a las necesidades financieras no cubiertas con emisión monetaria – de sostener las Inversiones Públicas del Presupuesto (Gasto Público por Capital para Obras Públicas e Infraestructura) con más endeudamiento.

n) Por último, requerimiento de incorporar el Presupuesto Pluri-anual 2021-2023 (totalidad del mandato FF) y exigencia del FMI de que las condiciones pactadas en el nuevo acuerdo de Facilidades Extendidas (que reemplace al SBA 2018) tengan “consenso político y social” y sean aprobadas por la partidocracia parlamentaria, como garantía de cumplimiento en calidad de Política de Estado.

Hasta aquí las principales condicionalidades del Fondo que se están conociendo durante el curso de las actuales negociaciones y que – como es regla en estos casos – el país deudor tiene que presentar a la opinión pública como si se tratase de decisiones propias sujetas luego a la “aprobación” por parte del FMI.    

 

EN CONCLUSIÓN:

Los tiempos se aceleran y el Acuerdo con el FMI – que la administración Fernández confiaba originalmente diferir hasta después del Primer Trimestre del 2021 – va a ser concretado mucho antes.

Ello es producto lógico de que la rendición financiera y jurídica de Agosto ante los FB – por la Deuda Externa e Interna de Bonos en Moneda Extranjera (por un total conjunto superior a los 100.000 MD) – iba a ser seguida de la presión para un pronto ajuste supervisado y garantizado por el FMI en su doble condición de primer acreedor individual del país y a la vez Auditor del resto de los Acreedores.

Siendo el Presupuesto aprobado por el Congreso el principal instrumento legal que respalde los acuerdos internacionales firmados con los FB y los Organismos Multilaterales de Crédito (OMC, con el propio FMI a la cabeza).

Las decisiones se acercan y con ello el allanamiento a la política de cumplimiento de las exigencias y condicionalidades que los Acreedores Financieros – a través del Fondo - fijan a los gobiernos de turno, incluyendo al actual.

Pese a que – en lo personal – estas cosas las venimos diciendo desde el primer día de la administración Fernández, parece que hay gente que recién ahora está tomando conciencia de esta cruda realidad que hasta el presente no se quiso ver.-

 

 



[1] Las abreviaturas MD/MS y B$ significan Millones de Dólares /Pesos y Billones de $ respectivamente y se expresan siempre con redondeo, por lo que pueden darse mínimas diferencias entre totales y sumatoria de términos.

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