LAS REDES DE PESCA DE ARRASTRE
Dr. César Lerena
21-7-23
En el mundo y,
también en la Argentina, se discute el uso de las redes de arrastre de pesca y
sus eventuales efectos negativos sobre la sostenibilidad de los recursos
pesqueros y el medio marino. La preocupación y presión de las organizaciones no
pesqueras, dio motivo a que la Unión Europea dictara el Reglamento (UE)
2019/1241 del Parlamento europeo y del Consejo del 20 de junio de 2019 sobre
«la conservación de los recursos pesqueros y la protección de los ecosistemas
marinos», modificándose una serie de reglamentos y anulándose otros; pero que,
a nuestro juicio, si bien es un interesante reglamento que avanza
pormenorizadamente en mucho detalle técnico, demostrando un importante trabajo
de los expertos; entendemos, que pierde de vista la necesidad de revisar la
administración global del recurso desde un enfoque ecosistémico.
El mejor estudio
de las partes no hace al todo, más aún, cuando los buques de los Estados de los
principales países pesqueros, no se limitan a la explotación de los recursos en
sus respectivas Zonas Económicas Exclusivas (ZEE) sino que avanzan pescando a
distancia recursos migratorios y asociados, que integran la cadena trófica de
las especies de los Estados ribereños y, es probable, que sin adentrarnos
todavía, a un análisis más profundo, podamos decir que es imposible efectuar
una administración ecosistémica sino se ejecutan las acciones necesarias para
que en alta mar, conforme lo determina la Convención (CONVEMAR), los Estados de
pabellón controlan en forma presencial sus buques, determinan las capturas máximas
sostenibles y -afectando a intereses de terceros- acuerden la pesca de los
recursos migratorios o asociados con los Estados ribereños y, también, se
finalice con la captura de especies que no hayan llegado al máximo desarrollo
posible; con aquellas acciones que impidan la ecología trófica; descartando en
el mar o en los procesos de transformación; no procesando los residuos en el
mar; sustituyendo las especies en el desembarco, etc. y, sin una investigación
integral ZEE-Alta mar.
Seguramente, es
necesario avanzar en los estudios, como el citado Reglamento lo indica en
varios de sus apartados, para arribar a conclusiones certeras como resultado
del trabajo de expertos oficiales en conjunto con sus pares de las asociaciones
pesqueras; pero, en cualquiera caso, las decisiones que se tomen, no deberían
estar influidas por presiones empíricas de organizaciones ambientalistas; que
pudiendo estar habilitadas a intervenir, lo deben hacer aportando evidencias
científicas y soluciones técnicas compatibles con el aprovechamiento eficiente
y sostenible de los recursos.
En principio, es
necesario tener pruebas científicas y certezas del daño a los recursos
pesqueros y al medio marino que podrían provocan las redes de arrastre, según
se de artes destinadas a la captura de especies pelágicas (columna de agua);
demersales (cerca del fondo) o bentónicas (fondo) y representativas de todos
los océanos, realizados por organismos oficiales, como los Institutos
Nacionales de Investigación de cada región, no solo en la ZEE, sino también en
alta mar, con apoyo económico de los organismos multilaterales.
Cualquier tratado
básico de Biología, podría poner en duda inconsistentes científicas de algunas
organizaciones; pero, también la delimitación arbitraria de la CONVEMAR, donde
se exigen todo tipo de prácticas, controles e investigaciones dentro de la ZEE
y luego de las 200 millas la pesca es libre; entendiéndose erróneamente que el concepto de “pesca libre”
habilitaría incluso la depredación y, donde los controles y estudios realizados
son escasos; pese, a tratarse, de un mismo ecosistema, provocando que los
resultados de las investigaciones en las ZEE, incluso, sean insuficientes e
imperfectas.
Estableceremos
como “hipótesis de trabajo” que las redes de arrastre causan daños a la pesca y
al medio marino; aunque, diremos rápidamente como contrapartida que, según la
FAO (Estado Mundial de Pesca, 2022) el número total de buques en 2020 eran unos
4,1 millones (un 62% motorizados), un 10% menos que en 2015; lo que habría
llevado las capturas marítimas de aquel año a 78,8 millones de toneladas, una
reducción del 7,6% en relación a 2018 y, el empleo, con 37.882.000 pescadores
ocupados en la pesca marítima en 2020 un 5,5% menos que en 2018. Datos
suficientemente serios, que no se deberían ser dejados de lado, a la hora de
alcanzar con rigor científico una certeza de la hipótesis preestablecida. Hay
que armonizar entre la “sostenibilidad” biológica y “la sustentabilidad”
empresaria.
Paralelo a ello,
decimos, que, a pesar de la disminución de buques citada, el tonelaje de
registro bruto (TRB) de los buques (el volumen que incluye bodega, máquinas,
camarotes, etc.) aumentó en un 28% (1990-2010) y la potencia KW (la potencia
del motor) también aumentó un 45% en igual periodo. Es decir, la capacidad de
pesca aumentó, aunque todavía las “estadísticas oficiales” solo puedan estar
registrando la baja de buques.
Según la FAO (ob.
cit. 2022) “corresponde a Asia la mayor flota pesquera mundial, estimada en
2,68 millones de embarcaciones”, es decir un 65% del total de la flota mundial,
de las cuales 564.000 son buques chinos. Por su parte, según FAO, África
alcanzó al 23,5%, América al 9%, Europa un 2% y Oceanía un 1%. Aunque en estos
últimos porcentuales no estén claros cuántos son motorizados y cuántos no.
Un análisis
inicial nos permite inferir que no puede atribuirse a este arte de pesca la
principal responsabilidad, sino a la aún sobrepoblación de buques a partir de
la mayor eficiencia de los existentes y, a las más de cuarenta razones por las
que podríamos tipificar de pesca ilegal (INDNR) a muchas de las capturas. Por
supuesto, dentro de ello, habrá que dar solución a los descartes, como producto
de la pesca incidental o a razones comerciales, que de ninguna manera deberían
devolverse al mar y, a la captura de mamíferos, aves y tortugas, cuyos aportes
hace el Reglamento.
El problema
global, lo resume la declaración de Política Pesquera de la Unión Europea de la
siguiente manera: «los Estados miembros deberían adoptar medidas específicas,
para alinear el número de buques pesqueros comunitarios con los recursos
disponibles, a partir del equilibrio entre la capacidad de pesca de sus flotas
y la posibilidad de pesca que disponen…»; cuestión, que Global Fishing Watch,
se encarga de mostrar la gravedad del desequilibrio existente, al analizar los
mensajes de ubicación enviados por los buques pesqueros: «por cada Km2 dedicado
el agro, los barcos pesqueros operan cuatro veces más espacio en el mar, cerca
del 55% de la superficie oceánica y, contrario a lo que ocurre en las áreas
agrícolas, las zonas pesqueras de alta mar, se ubican más allá de las 200
millas de la ZEE, (NdA: es decir fuera de la jurisdicción de las naciones) y
tienen un reparto poco proporcional: el 85% de esas capturas las acaparan solo cinco
países: China, España, Taiwán, Japón y Corea del Sur» (Álvaro Merino, 7/2/2023)
y, nosotros agregamos: diez países se llevan el 65% del total de las capturas
del mundo.
También, en un
examen del rendimiento tecno-económico de las principales flotas de pesca
marítima de veinte países de 2016-2019 en relación al 2000 se observa un
aumento de tonelaje bruto, incrementos sustantivos de esloras y, la potencia
del motor y menor antigüedad en la flota; verificándose al mismo tiempo, una
reducción de costos de combustibles y el ahorro de energía debido a avances
tecnológicos en las operaciones y los artes de pesca; registrándose avanzas muy
importantes en el aumento de la eficiencia pesquera y la reducción del impacto
ambiental de la pesca.
Es decir, teniendo
en cuenta lo indicado precedentemente, el número de buques de cada país y sus
capturas; contrario a lo que plantea la Unión Europea -si bien limitado a sus
miembros- no es posible que «los Estados “deberían” adoptar medidas
específicas, para alinear el número de buques pesqueros comunitarios con los
recursos disponibles»”, ya que es evidente, que no se trata solo de número de
buques, sino de potencia, etc. y, que el reparto, es inequitativo, muy
especialmente fuera de sus jurisdicciones en alta mar, donde unos pocos se
hacen de los recursos migratorios de todo el planeta; por lo tanto, no se puede
esperar que cada país haga una reducción (que no alcanza) de buques; por
ejemplo, sino, que ésta -hechos los cálculos pertinentes- debe traducirse en
una reducción de capturas, proporcionalmente mayor por quienes están causando
mayor esfuerzo pesquero y, aún más, si se trata de pesca tipificada de ilegal,
con el tecnicismo o no de “no declarada, no registrada”, ya que cualquiera de
sus formas, afecta el stock pesquero y al reparto equitativo de la pesca en los
países, las regiones y el mundo, sin tener en cuenta «los intereses y
necesidades de toda la humanidad y, en particular, los intereses y necesidades
de los países en desarrollo», como reza el Preámbulo de la CONVEMAR.
Continúa luego, la
declaración de la Unión Europea «Cada Estado debería poder elegir las medidas e
instrumentos que desea adoptar con el fin de reducir el exceso de capacidad de
pesca. Se deja así margen para reducir el arqueo bruto; teniendo en cuenta
también, la seguridad y comodidad de los pescadores» (Arie Aalbers “Análisis de
límites máximos de Arqueo Bruto y potencia de propulsión”, Unión Europea,
11/2018). Más de lo ya dicho.
En ningún caso,
esta declaración refiere, al uso o no en la pesca de redes de arrastre, aunque
las regula y, sí “a la flota pescando en relación al recurso disponible”;
entonces, podríamos ratificar una primera precisión: hay que reducir la flota
de tal forma que arroje resultados ciertos sobre la disminución de las capturas
y eliminar la flota que pesca ilegalmente y en ella incluimos -especialmente-
la flota que pesca a distancia los recursos migratorios en alta mar originarios
de las ZEE de los Estados ribereños sin acuerdos con éstos.
Todo esto requiere
un análisis más fino; pero, cuando la propia FAO refiere a que hay un 30% de
pesca ilegal, no hay duda que por el momento, el problema no está en la pesca
con redes de arrastre, sino a la sobrepesca, la falta de combate a la pesca
ilegal y al descarte, que no solo se hace sobre un importantísimo volumen sin
control, sino que se desconoce el daño al ecosistema y, cuyas consecuencias
nutricionales son gravísimas. Con 300 mil toneladas descartadas por año se
podrían alimentar 3 millones de niños todos los días, todo el año, con la mejor
proteína.
También habrá que
evaluar destinar al consumo humano los 12 millones de toneladas capturadas que
se destinan a la fabricación de harinas para consumo animal; esfuerzo que
deberían compensar los países más desarrollados.
Todo parece una
cuestión de mejorar la administración pesquera a nivel mundial, entre otros,
regular y controlar mejor la pesca en áreas consideradas sobreexplotadas, ya
que, según la FAO, las áreas biológicamente sostenibles en 1974 alcanzaban al
90% y en el 2019 se redujeron al 64,6%; aunque, según esta misma fuente las
poblaciones biológicamente sostenibles representaron el 82% de los
desembarques, es decir un aumento con relación a 2017 que hace presumir una
mejora en el manejo del recurso, lo que la propia FAO confirma: «las
poblaciones más abundantes se gestionan de manera eficaz» (ob. cit. pág. 16);
aunque para precisarlo habría que constatar, si no se esconden en estos
porcentuales los descartes que, como es obvio, no llegan al desembarco. En
cualquier caso, es evidente que la presión sobre el recurso aumentó y que, de
los aproximadamente 45 millones de toneladas que se pescaban en 1980 con
destino humano, hoy con 78 millones se captura un 75% más, solo unos 2 millones
de toneladas menos que 2015.
Ante la presencia
de un eventual tope en las capturas y la demanda de proteínas creciente, la
pregunta que cualquier funcionario del sector se hace es: ¿cómo aumentar la
producción para generar más producto, más industria y más empleo? la respuesta
parecería ser aumentar la eficiencia; permitir un mayor desarrollo de las
especies para capturar más gramos por unidad; agregar el mayor valor posible;
buscar acuerdos entre los Estados de pabellón y ribereños para aprovechar en
forma sostenible y “sustentable” las especies que migran a alta mar y,
seguramente, como está ocurriendo, incrementando la producción de acuicultura,
que hoy alcanza al 50% del total mundial producido.
El ordenamiento
general de ello, no alcanza con acciones individuales de los países, sino que
requiere un acuerdo internacional, que incluya el control presencial en todos
los buques, de modo de garantizar que las medidas de regulación no queden en
los papeles. Y estos controles, cuando se trate de alta mar, deberían ser
realizados por terceros idóneos, para evitar informaciones que no se ajusten a
los procesos acordados.
Ya hemos dicho,
que es imposible una administración ecosistémica con la dicotomía biológica que
establece la CONVEMAR donde se obliga a hacer controles en la ZEE y se libera
la pesca en alta mar. Es sabido, que una administración ecosistémica va de lo
global a lo particular (un área, una especie, un arte de pesca). Gestiona el
ecosistema y dentro de éste, a las especies y sus interrelaciones ecológicas y
alimentarias; pero también los efectos socioeconómicos vinculados a la
explotación de los recursos. Ello implica, una visión integrada del manejo de
las aguas y los recursos, teniendo por finalidad su conservación y uso
sostenible de modo equilibrado. Comienza por satisfacer las necesidades
nutricionales, sociales y económicas de la humanidad a partir de asegurar el
equilibrio del ecosistema a perpetuidad. Esto, incluye el análisis de todos los
procesos, funciones e interacciones entre los componentes y recursos del
ecosistema e involucra el manejo de las especies y de otros servicios y bienes
ecosistémicos. No debe perderse de vista que el ser humano y sus hábitos
alimentarios y culturales son componentes integrales del ecosistema, no es
suficiente con suprimir los efectos negativos sino se asegura la alimentación
de la población, junto con la sostenibilidad de las especies. No alcanza con
asegurar una mayor sobrevida a otras especies, sino se asegura primero la
sobrevida a los hombres, mujeres y niños que se alimentan de estos recursos.
Solo la reducción de buques ha producido una pérdida de 2 millones de empleos
y, obvio, ello supone dificultades alimentarias.
Aunque resulte
duro, no se puede esperar reducir la población humana para dar mayor sustento a
las tortugas, por ejemplo. Hay que lograr con mejores acuerdos; mayores
controles; nuevas tecnologías; vedas en las áreas de reproducción; optimizando
el aprovechamiento y sostenibilidad de las especies para asegurar la
alimentación de una población humana que crece, junto a una regulación
equilibrada del resto de las especies, para que se pueda seguir atendiendo las
necesidades alimentarias de las personas, en un equilibrio biológico, donde el
cuidado del resto de las especies, no obligue a controlar la natalidad humana.
En los océanos pacífico
suroriental y atlántico suroccidental, el enfoque ecosistémico citado implica
además tener muy en cuenta la legislación aplicable de Latinoamérica y el
Caribe que da preminencia a “aspectos sociales, económicos, tecnológicos,
productivos, biológicos y ambientales” donde, incluso, la pesca forma parte de
los programas de seguridad alimentaria del país, cuyo consumo de productos
pesqueros accede en promedio a los 10 Kg per cápita por año, un 50% por debajo
del consumo promedio mundial.
Cuando hay
sobrepesca, incluso hasta la pesca selectiva puede ser perjudicial, ya que, al
ser más eficiente este arte de pesca para hacerse de un determinado recurso
objetivo, hay una mayor presión sobre el stock de ese recurso específico.
Y en estas discusiones
teóricas, que muchas veces se ventilan, deberíamos poner el acento en una
administración ineficiente del recurso y la falta de políticas y controles
insuficientes y no perder de vista que esta actividad genera recursos
económicos a los Estados, desarrollo poblacional e industrial a las regiones
más inhóspitas y el empleo a 37.882.000 de pescadores, sin tener en cuenta los
operarios que trabajan en la transformación, empleos indirectos; además, de los
efectos saludables a los pueblos y el mantenimiento de los hábitos culturales
ancestrales. La insostenibilidad ataca la actividad presente y la futura de las
generaciones venideras.
El Reglamento (UE)
2019/1241 avanza en cientos de reglas técnicas, varias de ellas de singular
detalle y valor, que seguramente podrán ser de aplicación inmediata, aunque
entendemos que son subsidiarias frente a la necesidad de resolver primero o en
forma simultánea la sobrepesca global y la pesca ilegal. Una definición
explicitada en su punto 4 del Reglamento es elocuente: «Este marco debe
contemplar la captura y el desembarque de los recursos pesqueros, así como la
utilización de los artes de pesca y la interacción de las actividades pesqueras
con los ecosistemas marinos».
Las vedas deben
estar monitoreadas en forma permanente para que no se transformen en Áreas
Marinas Protegidas sin sustento científico y los artes de pesca de arrastre
tienen en este reglamento una serie de exigencias que deberán ser cumplidas y
aún mejoradas tecnológicamente, pero la cuestión de fondo está en la
sobrepesca, la pesca ilegal global y la regulación de la pesca en alta mar con
activa participación de los Estados de pabellón y ribereños.
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